jueves, 4 de mayo de 2017

UN FALLO QUE DOLIÓ EL DOBLE... - #NOAL2X1

Estimad@s colegas,

Buen día.

Muchas veces nos enfrentamos al debate de que cuanto más se aplica el derecho, más nos alejamos de la justicia.

Hace horas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un fallo de mayoría, entendió que debía echar por tierra parte del dolor nacional más grande de la historia y esconderlo detrás de argumentos técnico-jurídicos.


Recurso de hecho deducido por la defensa de Luis Muiña en la causa Bignone, Reynaldo Benito Antonio y otro s/ recurso extraordinario - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION (03/05/2017) 
En una decisión mayoritaria, hace lugar al recurso extraordinario interpuesto por la defensa de un condenado por delitos de lesa humanidad y declara la aplicabilidad al caso de la Ley 24.390 -de cómputo de plazos de prisión preventiva, conocida como Ley del dos por uno y que estuvo vigente entre 1994 y 2001, hoy derogada- por resultar la más benigna. Considera que la resolución impugnada, que había declarado inaplicable al caso el cómputo del encierro preventivo establecido en dicha ley, se aparta de las normas convencionales y constitucionales conducentes para la debida solución de la causa. Señala que la aplicación del art. 2 del Código Penal resulta extensiva a todos los delitos y que aún si existiese alguna duda respecto de la aplicabilidad a cr&iacut e;menes como el castigado en autos, ésta debe resolverse en favor del imputado en virtud de las exigencias del principio de legalidad. Refiere que dichas consideraciones no pueden ser conmovidas por el hecho de que el recurrente haya sido condenado por la comisión de delitos de lesa humanidad, pues en el texto de la Ley 24.390 no se hace excepción respecto de tales delitos. En consecuencia, afirma que la mejor respuesta que una sociedad respetuosa de la ley puede darle a la comisión de delitos de lesa humanidad y la única manera efectiva y principista de no parecerse a aquello que se combate y se reprueba es el estricto cumplimiento de las leyes y de los principios que caracterizan el Estado de Derecho.

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Saludos cordiales,

Damián R. Pizarro

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