jueves, 30 de enero de 2014

SEAMOS REALISTAS, ESTAMOS LEJOS DE LA PAZ DE GANDHI...


Estimad@s amigos y colegas.

¡Qué alegría poder escribirles!

Desde nuestra hermosa, siempre hermosa y cálida, Buenos Aires…

En estos tiempos donde todo confluye, complica y conduce a algunos conflictos evitables, es cuando tan sólo pienso, ¡Qué poco aprendimos! ¡Cuánta paz nos hace falta!

Hace más de 60 años, 66 para ser precisos, que el mundo se despedía de Mahatma Gandhi en forma abrupta e incomprensible. Él, que sólo buscaba transmitir la paz, era abogado, pensador y político.

Aquí, parte de su legado, que a diferencia de su cuerpo, pasó a la inmortalidad:


Ojo por ojo y todo el mundo acabará ciego.


Con el puño cerrado no se puede intercambiar un apretón de manos.


La diferencia entre lo que hacemos y somos capaces de hacer, resolvería la mayoría de los problemas del mundo.


La humanidad no puede liberarse de la violencia más que por medio de la no violencia.


No hay camino hacia la paz, la paz es el camino.


Más que los actos de los malos, me horroriza la indiferencia de los buenos.


La violencia es el miedo a los ideales de los demás.


Primero te ignoran, después se ríen de ti, luego te atacan, entonces ganas.


El nacimiento y la muerte no son dos estados distintos, sino dos aspectos del mismo estado.


El que retiene algo que no necesita es igual a un ladrón.


Lo más atroz de las cosas malas de la gente mala es el silencio de la gente buena.


Vive más sencillamente para que otros puedan sencillamente vivir.


Los medios impuros desembocan en fines impuros.


Nadie puede hacer el bien en un espacio de su vida, mientras hace daño en otro. La vida es un todo indivisible.


La causa de la libertad se convierte en una burla si el precio a pagar es la destrucción de quienes deberían disfrutar la libertad.


Imperfecto como soy, comencé con hombres y mujeres imperfectos, por un océano sin rutas.


La alegría está en la lucha, en el esfuerzo, en el sufrimiento que supone la lucha, y no en la victoria misma.


Creo que puede colaborar en este homenaje si nos planteamos la mínima posibilidad de, día a día, tratar de imitarlo aunque sea en pequeñas dósis.

Un camino difícil, pero nunca en soledad, hay muchos con la voluntad.

La fuerza no procede de las facultades físicas, sino de una voluntad invencible.


Un fuerte abrazo, tratemos de cambiar el mundo, empecemos por el hogar…



DRP


- A veces la puerta equivocada puede ponerte frente al Mundo entero -

miércoles, 22 de enero de 2014

LA JUSTICIA ES LA QUE SE BUSCA, LA REALIDAD ES LA QUE HAY.

Estimad@s,

¡Buenas tardes!

Como todos los miércoles, mi cabeza queda viciada por la clase dictada el día anterior, por el debate, por los aportes, por las semillas, por la exposición un tanto crítica vertida...

Así, me puse a pensar en una frase que se le reconoce a Juan Domingo Perón, "La única verdad es la realidad", una frase tan repetible y clásica, como elíptica y "viciable".
En realidad, esa frase se le atribuye al gran Aristóteles, en 300 A.C., y fue Perón quien la utilizó en el orden interno Argentino para responder a críticas contra su modelo de país. Lo cierto es que sea del General Perón o no, debemos entender (y hace más de 50 años también) que ya no hay nada nuevo bajo el sol (Eclesiastes 1:9).

Mi intención no es centrarme en discursos presidenciales de nuestra historia (ya que existen trabajos de adecuada profundidad y por demás importantes), sino compartirles algo que se encontraba en mi mente y que gracias a un comentario como "gracias por dejar prendida la chispa de la visión crítica", fue un catalizador, un disyuntor para este comentario.

Pocas veces nos disponemos a comprar o pedir algo desconocido, o buscamos algo que no sabemos definir, describir o al menos contar una experiencia.

Resulta que podemos describir la realidad sin entrar en la duda de Descartes, pero parece que pocos (o nadie) puede decirnos que es aquello a lo que todos aspiramos, lo que todos deseamos, eso que anhelamos por no tenerlo o por no saberlo, la Justicia.

Me sirvo de citar a Kelsen, en cuya obra se dedica a tratar de definir, decir y explicar lo que es (Kelsen, Hans, ¿Qué es la Justicia?, Editorial Leviatán, Buenos Aires, 1981).

Corresponde entender que para comprender aún un concepto tan amplio, perpetuo y "subjetivable", no puede hablarse en términos de algo absoluto:
"... Si hay algo que puede aprenderse de la experiencia espiritual del pasado es que la razón humana puede concebir sólo valores relativos, en otras palabras, que el juicio con que juzgamos algo justo no puede osar jamás excluir la posibilidad de un juicio de valor opuesto. La justicia absoluta configura una perfección suprema irracional. Desde la perspectiva del conocimiento racional sólo existen intereses humanos y, por consiguiente, conflictos de intereses." (Kelsen, H,  ¿Qué es la Justicia?, p. 109).

Y continuando, en un acto de consciencia y de respeto al lector, Kelsen entendió que correspondía relativizar la cuestión diciendo:
"... En rigor, yo no se si puedo decir que es la justicia, la justicia absoluta, ese hermoso sueño de la humanidad. Debo conformarme con la justicia relativa: tan solo puedo decir que es para mi la justicia. Puesto que la ciencia es mi profesión, y por lo tanto, lo más importante de mi vida, la justicia es para mí aquello bajo cuya protección puede florecer la ciencia y, junto con la ciencia, la verdad y la necesidad. Es la justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia."  (Kelsen, H,  ¿Qué es la Justicia?, p. 120).

Por último, con la compañía de Kelsen, me sirvo de mencionar uno de los medios por los que considero se busca la justicia, en tanto no sólo no se logra sino además instala, sostiene e intensifica la idea del "Estado Vengador":
"... La represalia, en tanto significa pagar con la misma moneda, es una de las muchas formas bajo las que se presenta el principio de igualdad, que también ha sido considerado como esencia de la justicia." (Kelsen, H,  ¿Qué es la Justicia?, p. 77).


Me sirvo en hacer esta "cavilación" a los fines de llamar a esa bella mujer de ojos vendados, cuya existencia suponemos, su presencia requerimos; pero que a mi entender, su vendaje no representa su virtud sino en cambio, un rasgo de nuestra incapacidad.

Mientras sigo pensando.
Un cordial saludo,

Damián R. Pizarro






Acto de cierre del Curso para Doctorado Intensivo, junto a Fernanda y Felipe Lage
17 de Enero de 2014, Salón Rojo de la Facultad de Derecho, UBA.

miércoles, 15 de enero de 2014

ACTIVISMO, CONTROL Y MEMORIAS DEL DIALOGANDO...


CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y ACTIVISMO JUDICIAL EN ARGENTINA Y BRASIL
 por Fernanda de Carvalho Lage y Damián R. Pizarro


BRASIL
ARGENTINA
CONCEPTO
A idéia de ativismo judicial está associada a uma participação mais ampla e intensa do Judiciário na concretização dos valores e fins constitucionais, com maior interferência no espaço de atuação dos outros dois Poderes. A postura ativista se manifesta por meio de diferentes condutas, que incluem: (i) a aplicação direta da Constituição a situações não expressamente contempladas em seu texto e independentemente de manifestação do legislador ordinário; (ii) a declaração de inconstitucionalidade de atos normativos emanados do legislador, com base em critérios menos rígidos que os de patente e ostensiva violação da Constituição; (iii) a imposição de condutas ou de abstenções ao Poder Público, notadamente em matéria de políticas públicas. (Luis Roberto BARROSO)
En cuestiones donde la constitucionalidad de algunos actos se juzgaba, se principió a liberar a la magistratura del papel de mero emisor de resoluciones y así se empezó a reconocer mayores poderes a la judicatura.
Tanto en los orígenes que se le conocen en EE.UU. como en Argentina, el control de constitucionalidad nació activista y de oficio, y en su justa medida, se eleva como uno de los pilares de la forma republicana de gobierno. Hay autores que indican que esa función de contralor debe ir acrecentándose, mientras otros apoyan la idea que se configure su “concentración”.
Se hace necesario un nuevo activismo en defensa de los derechos fundamentales cuyo “contenido mínimo” debe ser afianzado, reconociendo   siempre que dicho activismo no implica de ningún modo establecer el “gobierno de los jueces” (Walter F. CARNOTA).
JURISPRUDENCIA
É possível citar temas políticos relevantes como a matéria relativa à Lei de Biossegurança (ADI n. 3.510), reforma partidária (ADI n. 1.351 e n. 1.354),  verticalização das candidaturas para as eleições de 2006 (ADI n. 3.685) e a batalha judicial acerca das contribuições previdenciárias dos inativos (ADI n. 3.105).


Sojo, Eduardo c. Cámara de Diputados de la Nación, 22/9/1887.
La Corte Suprema quiso en este fallo fue crear un precedente con basamento esencial en el fallo “Marbury” como mencionare ut supra; y también, en esa inteligencia, dándole vida a un instituto en su modo más pleno de poder jurisdiccional, entiéndase así a la legitimación del control de oficio.
Los Lagos S.A. Ganadera c. Gobierno Nacional, el 30/6/1941. Aquí la Corte entendió que sólo admitiría el mencionado contralor constitucional si mediare un pedido de parte (sea por acción o excepción) desde la visión más conservadora al intentar garantizar y proteger el principio republicano de división de poderes.
Mill de Pereyra, Rita A. y otros c. Provincia de Corrientes, de 27/9/2001. La Corte debió dirimir controversias devenidas de la ley de convertibilidad y entendió que “Los jueces están facultados para ejercer de oficio el control de constitucionalidad”. Con importantes disidencias.
Banco Comercial Finanzas (en liquidación Banco Central de la República Argentina) s/quiebra, del 19/8/2004.
Los tribunales no pueden efectuar declaraciones de inconstitucionalidad de leyes en abstracto, ni se requiere la necesidad de petición de parte interesada. Así se declaró la inconstitucionalidad del Dec. 2075/93.
Rodriguez Pereyra, Jorge c. Ejército Argentino, del 27/11/12.
Los Jueces pueden y deben aplicar el control, tanto de constitucionalidad como de convencionalidad.
DOCTRINA
/
LEGISLACIÓN
A irrupção do ativismo jurídico só poderá ser compre¬endida se relacionada a um movimento profundo, do qual ele é apenas uma das manifestações. Não se trata de uma transferência de soberania para o juiz, mas sobretudo uma transformação da democracia. A grande popularidade dos juízes está diretamente ligada ao fato de que foram confrontados com uma nova expectativa política, da qual se sagraram como heróis, e que encarnaram uma nova maneira de conceber a democracia (DWORKIN, Ronald. O Império do Direito. 1ª ed. São Paulo: Martins Fontes, 1999. P. 09-15).
Art. 31 de la Constitución de la Nación Argentina:
“Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación…”.
Art. 116 CN:
"Corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes de la Nación."


ACTIVISMO: ORIGEN - DOCTRINA WARREN
CONTROL: ORIGEN – DOCTRINA MARBURY VS. MADISON





ALGUNAS MEMORIAS

En cuanto a las apreciaciones dadas sobre la temática en Argentina, paso a mencionar algunas conclusiones de la presentación dada en el Ciclo “Dialogando desde el Sur”, el 14 de Enero de 2014, en el Salón Rojo, de nuestra Facultad de Derecho, UBA.
Sabemos que, tanto la doctrina “Warren” en el activismo como “Marbury vs. Madison” en cuestiones del control de constitucionalidad, representaron los antecedentes que permitieron el andamiaje actual, si tomamos como punto de partida los inicios de la era del “constitucionalismo moderno”, desde las primeras constituciones de Virginia y Filadelfia, y la Declaración Universal de Derechos y Deberes del Hombre.

En lo que hace al contralor mencionado, como sabemos el juez Marshall en el caso Marbury (24/02/1803) no sólo resolvió una contienda de interés público sobre la designación de magistrados, sino que atrajo para su competencia, para las “arcas” del Poder Judicial u Órgano Judicial, la función no menor de decidir sobre la “constitucionalidad o no” de los actos públicos. De allí se deduce que los jueces no sólo tendrán la atribución de resolver las cuestiones a pedido de las partes sino también “activamente”, “de oficio” o “ex officio”, el deber de proteger el sistema constitucional. Como se indicó, es notable la importancia de un fallo de más de 200 años, que desde Norteamérica, ha repercutido tanto en nuestro sistema.

En cuanto a la aplicación del control por nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación, como se indica en los antecedentes, podemos deducir que:
- La Corte es más activa para dictar la inconstitucionalidad de actos públicos de poderes provinciales que de nacionales.
- Se entiende que las normas provinciales son de menor calidad constitucional.
- En las causas que se trataron, se dictaron más declaraciones de inconstitucionalidad cuando el Estado fue parte que cuando se trató de contiendas entre privados.
- La Corte ha declarado menos inconstitucionalidades en tiempos de gobiernos democráticos.

Se recordó que Brasil cuenta tanto con un modo de controlar la constitucionalidad con cierta mixtura, ya que posee tanto el "difuso" como el "concentrado", dependiendo de la temática que se trate y si es competencia del Supremo Tribunal Federal (STF), siendo éste ultimo modelo el que le quita el sueño a varios autores argentinos, en nuestro ordenamiento la declaración de constitucionalidad se encuentra en manos de todos los tribunales, por ello se entiende difuso o desconcentrado, y concreto por que sus decisiones sólo alcanzan a las partes en el litigio, ergo no elimina la norma del ordenamiento, solo la inaplica al caso concreto. Si la decisión de la Corte, su precedente, genera cierta carga u obligación futura... pero ese es otro cantar!
(recomiendo ver El precedente judicial en la Corte Suprema - GARAY, Stare decisis y derecho judicial - LEGARREEl descontrolado poder de la Corte - MASSONI, entre otros).

Desde sus orígenes, en cuestiones donde la Constitucionalidad está en pugna, la Magistratura Argentina tomo el papel en forma activa, bajo el principal fundamento de proteger la supremacía de la norma constitucional, y así a la plena protección de derechos fundamentales de todas las personas. Ello, siempre y cuando, hablemos de un activismo y control de constitucionalidad que refleje los principios elementales de la forma republicana de gobierno.



Agradecemos a los Dres. Carnota y Bercholc que nos enviaron recomendaciones y datos para nutrir nuestra presentación y que, en parte al menos, hemos incorporado a este resumen.





lunes, 13 de enero de 2014

DIALOGANDO DESDE EL SUR - "ACTIVISMO"



UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE DERECHO
Departamentos de Posgrado y de Ciencias Sociales
 Ciclo de actividades académicas "DIALOGANDO DESDE EL SUR"
(creado en abril de 2009)
SESIONES DE ENERO DE 2014
Todas las actividades serán en el Salón Verde (Planta Principal), a las 18.00 horas
Avenida Presidente Figueroa Alcorta 2263, Ciudad de Buenos Aires    
Actividad libre y gratuita, con certificado de asistencia

Control de Constitucionalidad y Activismo Judicial en Argentina y Brasil
Fernanda Carvalho Lage (Brasil)
Damián Rodrigo Pizarro (Argentina)
Presentación y debate: Juan Pedro Peralta Espinoza (Ecuador)

- Junto a colegas de Curso para Doctorado en JULIO 2013 -

viernes, 10 de enero de 2014

LUCES Y 'NIETZSCHES'...


Estimad@s colegas y amigos,

¡Desde el año pasado que no nos hablábamos!

Buenas tardes.

En esta oportunidad, ya iniciado nuestro Verano, me encuentro entre mi trabajo, días de lecturas, noches de altas temperaturas, y jornadas extensas de doctorado. ¡Qué verano!

Pero nada hemos dicho al momento de ésto que aqueja a todos, casi todos los argentinos, los cortes de luz y agua, y por consiguiente, interrupción de rutas, caminos y calles de cualquiera sea la ciudad que lo esté sufriendo. Por un lado, aquellos que "culpan" a las empresas por su ineficiente respuesta a los problemas energéticos, del otro que responsabilizan al Estado por no haber previsto, solucionado ni corregido la situación que se dio el año anterior y el anterior... y el anterior. La crisis energética no ha podido ser solucionada, paleada, en ningún modo.

También existe un "relato" un poco más optimista, que dice que esto es inevitable por tratarse de un aumento en el consumo y en la demanda de servicios, por tratarse de una situación que denota el crecimiento económico-social-financiero de los ciudadanos y habitantes en los últimos diez años.

Para poder responder a ello, ponemos en letras el caso que todos vemos y desde hace tiempo con mayor intensidad, la situación dada en las calles y rutas donde aquellos que son beneficiarios de derechos y ven afectados, no tutelados y desprotegidos los mismos, salen a demostrar su profundo y sincero descontento, ni organizado ni programado, por momentos violentos pero en ningún caso respondido, atendido o solucionado.

Sólo puedo entender el desprecio, la desidia y la desesperación, a través de la propuesta pesimista y literaria de Nietzsche (El Ocaso de los Ídolos, Gradifco, Buenos Aires, 2004).

“El hombre aislado, el ‘individuo’, como ha sido entendido hasta ahora por el pueblo y por los filósofos, es realmente, un error. En sí no es nada, no es un átomo, ni un ‘eslabón de la cadena’, ni una simple herencia de otra época, sino que es la completa y ‘única’ línea del hombre hasta llegar a él mismo.”.
“Si, por el contrario, representa (…) la decadencia, la degeneración crónica, el estado de enfermedad (…), su valor es muy escaso, y la más ínfima dignidad exige que él le quite lo menos posible a los individuos bien constituidos, puesto que no es más que un parásito de éstos últimos.” (Nietzsche, F., El Ocaso de los Ídolos, p. 114).

Profundizando aún más ese sentimiento descarnado, pienso, será que nuestros políticos serán seres extramundanos, y nos ven y desprecian por ser así… o será que ellos…

“… Cualquier pobre diablo siente placer injuriando, porque esto le produce una pequeña borrachera de poder…”(Nietzsche, F., El Ocaso de los Ídolos, p. 115).

O me equivoco, otra vez, y debo pensar que nos ven:

“… En toda queja, hay una pequeña dosis de ‘venganza’: a quienes “son” de otro modo se les reprocha, como injusticia, como privilegio ilegítimo, el malestar, incluso la mala condición de quien se lamenta. ‘Si yo pertenezco a la gentuza y soy un canalla, tu deberías pertenecer a ella y serlo también; con esta lógica se hace la revolución.” (Nietzsche, F., El Ocaso de los Ídolos, p. 115).

Si bien no es necesario llegar a la afirmación nietzscheana que “todo socialista atribuye malestar a otros, mientras el cristiano se flajela”, podemos profundizar aún más la problemática a hoy irresoluta.

Es importante que nos despertemos con esta situación, la escueta respuesta de los políticos (no en TV sino con acciones) no hace más que demostrar que estamos en presencia de notables casos de marginalidad e invisibilización de víctimas.

No obstante, “no paguemos con la misma moneda”, visibilicemos sus actos, incapacidades e impunidades.


Ahora sí, ¿los dejo pensando?
Yo sigo… visibilizando.

 Un abrazo,

Damián R. Pizarro


Foto tomada el 8 de enero de 2014, en la esquina del Hospital Español.
Personal del Hospital, ubicó bancos en la calle, cortando el tránsito de la Avenida Belgrano.

Foto tomada el 8 de enero de 2014, en la esquina del Hospital Español.
Personal del Hospital, ubicó bancos en la calle, cortando el tránsito de la Avenida Belgrano.


“… La simple queja, el hecho de quejarse,
puede darle un encanto a la vida y hacerla soportable…”
(Nietzsche, F., El Ocaso de los Ídolos, p. 115).