viernes, 31 de julio de 2015

EL ADIÓS A LOS CÓDIGOS

Estimad@s colegas,

Buen día.

Hoy nos dedicamos a hacer menciones respecto de este día de despedida, transitamos los últimos suspiros de vida del Código Civil de la Nación (Ley 340/1969, de entrada en vigencia desde el 1° de enero de 1871, redactado por Dalmacio Vélez Sarsfield) y del Código de Comercio de la Nación (Ley 2.637/1890, cuya entrada en vigencia fue el 1° de Mayo de 1890, formulado por la Comisión de Códigos de la H. Cámara de Diputados, encabezada por el jurista uruguayo Eduardo Acevedo y Dalmacio Vélez Sarsfield).

Es notable cómo ha cambiado la Argentina en estos cientos de años y que tales cuerpos normativos, muchas veces modificados pero también sostenidos en el tiempo han podido reacomodarse a los avatares de nuestras vidas, a los cambios normativos, reformas, gobiernos... Piensen tan sólo en nuestra Argentina allí por mediados del Siglo XIX cuando poco se sabía de una unión nacional, menos de un Estado Nacional, y ni por asomo de matrimonio civil entre personas del mismo sexo, fecundación in vitro, y la sobrepotenciación de la propiedad horizontal, prohibida por el mismo Vélez Sarsfield.

Mucho tiempo ha pasado, mucha agua bajo el puente... ¿no?

Cuando en 1858 el Estado de Buenos Aires les encargó a Eduardo Acevedo y Dalmacio Vélez Sarsfield la tarea de redactar un Código de Comercio, obra que se terminó en tan sólo 10 meses y sancionado en el año 1859 siquiera existía la Nación que tanto queremos defender, ya después de de la reunificación nacional, fue aprobado por el Congreso Nacional como Código de Comercio de la Nación Argentina bajo la Ley N° 15 el 10 de septiembre de 1862 (siendo actualmente la ley nacional vigente más antigua).

En ese mismo 1862 se le encargó la labor de redactar el Código Civil de la Nación, a la luz de las velas y compilando los más importantes cuerpos normativos del Derecho moderno, notas y comentarios que nos orientan aún hoy, y lo seguirán haciendo. La composición de éste Código se inició recién en 1864, ya siendo Presidente de la Nación Bartolomé Mitre, le llevó casi cinco años; y en 1869 se dispuso del original, que como sabemos se aprobó a libro cerrado, y entró en vigor el 1º de enero de 1871.

Las materias conexas, las situaciones económicas y sociales del país, y los avances en la ciencia jurídica llevaron a que en sucesivas instancias fueran modificados en parte ambas codificaciones, pero siempre manteniéndose latente la necesidad de reformar, unificar y actualizar rotundamente nuestra normativa de fondo.

Hubo intentos que no lograron su cometido, el último en 1998, de los que pueden verse notables similitudes e importantes cambios en el proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación del año 2012, ya redactado por una comisión encabezada por Ricardo Luis Lorenzetti (Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación), Elena Highton de Nolasco (Ministra de la Corte Suprema de Justicia de la Nación) y Aída Kemelmajer de Carlucci (ya ex-Ministra de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Mendoza). Que en 2014 fue aprobado por el Congreso de la Nación Argentina, promulgado por el Poder Ejecutivo (link del acto en el Pizarrón) y que mañana entrará en vigencia, nacerá, causará efectos, en nuestro ordenamiento jurídico. Respecto a esto ultimo, es notable que aún antes de nacer, ya era nombrado y mencionado en los tribunales:

El art. 522 del nuevo Cód. Civ. y Com. consagra la protección de la vivienda familiar en el marco de las uniones convivenciales, con alcances similares a la protección de la vivienda matrimonial. (Cám. Nac. de Apelaciones en lo Civil, G., A. M. c/S., G. P. s/División de Condominio, 08-05-2015).
Según el art. 1073 del nuevo Cod. Civ y Com., hay conexidad cuando dos o más contratos autónomos se hallan vinculados entre sí por una finalidad económica común previamente establecida, de modo que uno de ellos ha sido determinante del otro para el logro del resultado perseguido, pudiendo dicha finalidad ser establecida por la ley, expresamente pactada, o derivada de la interpretación. (Cám. en lo Civil, Comercial, Minas, de Paz y Tributaria de Mendoza, Bou Landauer, Diego S. c/MOEA Mutual Obreros y Empleados de la Alimentación y Otros s/Rescición de Contrato, 01-06-2015).
Corresponde elevar los montos indemnizatorios otorgados en concepto de valor vida y daño moral a las hijas menores de una persona que falleció en virtud de un accidente, dado que teniendo en cuenta las circunstancias personales de la víctima fatal y de las menores, el monto que se les había otorgado resultó exiguo, debiendo tenerse en cuenta lo establecido por el art. 1741 del Cód. Civ. y Com. de la Nación recientemente promulgado, en tanto si bien todavía no entró en vigencia, sus normas deben ser tenidas en cuenta por los jueces debido a que se trata de una manifestación de la intención del legislador, que es uno de los criterios rectores en materia de interpretación normativa.
El daño moral puede "medirse" en la suma de dinero equivalente para utilizarla y afectarla a actividades, quehaceres o tareas que proporcionen gozo, satisfacciones, distracciones y esparcimiento que mitiguen el padecimiento extrapatrimonial sufrido por la víctima, dicha idea también se desprende del art. 1741 del Cód. Civ. y Com. de la Nación el cual establece que el monto de la indemnización debe fijarse ponderando las satisfacciones sustitutivas y compensatorias que pueden procurar las sumas reconocidas.
Si bien el Código Civil y Comercial de la Nación recién entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2016 es indudable que los preceptos que lo integran deben inspirar la interpretación de las normas del Código Civil que todavía se encuentra vigente, en la medida en que recogen (por lo general) la opinión doctrinal y jurisprudencial mayoritaria respecto de los diversos puntos del derecho civil y que reflejan la decisión del legislador actual acerca de cómo deben regularse los distintos aspectos de la vida civil de nuestro país. (Cám. Nac. de Apelaciones en lo Civil, S., K. E. y Otros c/B., L. s/Daños y Perjuicios, 17-11-2014).


Sabemos que los Códigos seguirán vigentes en la medida que existan causas y situaciones irresolutas.. que las hay!

Ya habrá tiempo para bienvenidas y para subirnos al tren de lo nuevo...
Desde aquí, nuestro homenaje, nuestra despedida a los Códigos Civil y Comercial por separado...


Un abrazo,
Damián R. Pizarro




jueves, 30 de julio de 2015

PRESENTACIÓN EN LA WEB DEL CPACF - MÁS VIDEOS

Estimad@s colegas,

Buen día.

Compartimos con Uds., la publicación del Colegio Público de Abogados de Capital Federal (http://www.cpacf.org.ar/mobile/noticia/3166) sobre la Presentación de la obra "Legislación usual Comentada Derecho Laboral" que participamos y ya hemos comentado.

La misma se llevó a cabo el pasado 18 de junio en el Salón Auditorio de dicha institución.


http://www.cpacf.org.ar/mobile/noticia/3166
La presentación de la obra "LEGISLACIÓN USUAL COMENTADA" Derecho Laboral, dirigida por el Dr. Miguel Ángel Pirolo, contó con la presencia de la Secretaria General, Dra. Graciela Montenegro.

Además disertaron sobre varios temas la Presidenta del Consejo de la Magistratura, Dra Gabriela A. Vázquez, y los Dres. Miguel Ángel Maza, Héctor O. García y León Piasek.

El cierre estuvo a cargo del Presidente de la Cámara Nacional del Trabajo, Dr. Miguel Ángel Pirolo, quien además donó una colección de la obra para la Biblioteca del Colegio Público.


Aprovechamos también para invitarles a ver otros videos que sumamos de dicha actividad:



Un saludo cordial,

Damián R. Pizarro

miércoles, 29 de julio de 2015

EN LA OFERTA - OTRO CUATRIMESTRE COMIENZA

Estimad@s colegas,

Buen día.

Mientras seguimos trabajando en curso intensivo de invierno de Instituciones de Derecho Público de la Facultad de Ciencias Económicas, ya estamos en la oferta de cursos para el segundo cuatrimestre, modalidades virtual, semipresencial y presencial. Trabajaremos en las sedes del Partido de la Costa (Santa Teresita), Partido de Escobar (Ing. Maschwitz) y Córdoba (CABA - Córdoba y Junín).

En Facultad de Derecho con nuestro curso de Derecho de la Integración también participamos de la oferta de cursos, tanto para el curso regular de las mañanas de martes y viernes en Figueroa Alcorta como el que damos en la Unidad 2 del Servicio Penitenciario Federal, Centro Universitario Devoto, los lunes por la mañana.

Acá los links de la oferta de cursos CPO de Derecho y la encuesta realizada por el Centro de Estudiantes, de la que parece no hubo entre los encuestados alumnos que hayan pasado por nuestras aulas.

Un abrazo,

Damián R. Pizarro


martes, 28 de julio de 2015

RECORDAMOS: SÁBADO 1 EN FICCIÓN Y DERECHO

Estimad@s colegas,

Buen día.

Queríamos recordarles que este Sábado 1º de agosto de 2015 desde las 8 hs. en el Salón Azul, Facultad de Derecho (UBA) se desarrollará el I Encuentro Internacional “Ficción y Derecho” (FICDER 1) del cual participaremos (link web).


Acompaño el programa del evento académico:


8 hs. - Acreditación

8:30 hs. - Apertura de Leandro Vergara (Director del Departamento de Posgrado, Derecho-UBA)

José María Pérez Collados (Director del Departamento de Derecho Primado, U. de Girona)
Ricardo Rabinovich-Berkman (Director del Departamento de Ciencias Sociales, Derecho-UBA)

9 hs. - Primer panel: CINE Y DERECHO
La violación en el cine ¿denuncia o espectáculo? - Pablo Bonorino (Catedrático de la Universidad de Vigo, España)
La crítica económica, política y social en el cine argentino (1935-1962) - Felipe Fucito (Catedrático de Sociología Jurídica, UBA)
La prostitución en el cine - María Concepción Gimeno Presa (Catedrática de la Universidad de León, España)

11 hs. - Segundo panel: ASPECTOS TEÓRICOS
Deconstrucciones postmodernas y crítica textual del derecho. Derecho y Ficción - José M. Pérez Collados (Catedrático de la Universitat de Girona, España)
Ficción y Filosofía del Derecho - Andrés Botero Bernal (Profesor de la Universidad Industrial de Santander, Colombia)
Magia y Derecho: una relación ficcional - Ignacio Tedesco (Profesor de Derecho Penal, UBA)

14 hs. - Tercer panel: TRABAJOS PRESENTADOS A FICDER 1X- Men: First Class y Days of Future Past: consideraciones humanitarias y sociales - Fabiano García Severgnini – Gilberto Escórcio - José Bechir Maués Filho (Brasil, estudiantes del Programa de Doctorado, UBA)
Iusars - Héctor G. Ana Dobratinich (Investigador, docente y Doctorando, Derecho-UBA)
La discriminación por orientación sexual en dos películas argentinas - Lisandro Marco Benetti (estudiante, Derecho-UBA)
Lovelace: cultura, explotación y dominación - Florencia Yanina Pérez – Ángeles Melina Cardozo (estudiantes, Derecho-UBA)

15:30 hs. - Cuarto panel: LITERATURA, MÚSICA Y TV
Las novelas de Benito Pérez Galdós, exponentes vívidos de la España institucional decimonónica - Sixto Sánchez-Lauro (Profesor de la Universitat de Barcelona, España)
La participación política a través del arte: la experiencia del Rock en Argentina - Sebastián Sancari (Docente de Teoría del Estado, UBA)
Los juicios del siglo XXIII, vistos desde la década de 1960: Star Trek - Ricardo Rabinovich-Berkman (Catedrático de Historia del Derecho, UBA)

17:30 hs. - Quinto panel: PREMIOS DEL CONCURSO “FICCIÓN Y DERECHO 2014”
Repo Men, Una mirada al tráfico de órganos - Camilo Ernesto Mercado Mutis (Colombia)
Evo goes to Hollywood: em “También la lluvia”, a Bolívia fala por todos - Haneron Victor Marcos (Brasil)
El futuro de la familia o la familia del futuro. Un análisis desde los libros “La posibilidad de una isla” y “Los cuerpos del verano” - Federico Gabriel Piedras Quintana (Argentina)
Cinema Descartes - Damián Rodrigo Pizarro (Argentina)
Contribución de las telenovelas al derecho brasileño - Vanessa Chaves de Jesus de Morais (Brasil)
El Estado de Derecho: La relación entre lo jurídico y la ficción a la luz de Kafka - Verónica Lescano Galardi (Argentina)
Elysium ou Ipanema? Alegoria da exclusão social brasileira - Pablo Jimenez Serrano - Darío Aragão Neto (Brasil)
Autonomía de la voluntad del paciente - Tamara Luna (Argentina)

19:30 hs. - Entrega de los Premios y Cierre


Organizan:Departamento de Ciencias Sociales (Facultad de Derecho, UBA)
Departamento de Posgrado (Facultad de Derecho, UBA)
Departamento de Derecho Privado (Universitat de Girona)


Los Premios del Concurso “FICCIÓN Y DERECHO 2014” fueron donados por EDICIONES DIDOT.

Entrada libre y gratuita.
Se otorgarán certificados de asistencia.


Más información: Departamento de Ciencias Sociales, Facultad de Derecho (UBA)
Av. Figueroa Alcorta 2263, Primer Piso
Horario: lunes a viernes de 10 a 20 hs.
Tel.: (5411) 4809-5621 - E-mail: dciensoc@derecho.uba.ar


Saludos cordiales,

Damián R. Pizarro


lunes, 27 de julio de 2015

CARRERAS DE ESTADO - PROC. GRAL. CABA

Estimad@s colegas,

Buen día.

Compartimos esta info que puede ser de utilidad.

CARRERAS DE ESTADO - PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN EN ABOGACÍA ESTATAL, LOCAL Y FEDERAL 4º COHORTE Destinatarios: abogados que integren el Cuerpo de Abogados de la Ciudad o de otras jurisdicciones o que se desempeñen en áreas de asesoramiento legal estatal.
Inicio: 1º de septiembre de 2015.
Cupos para instituciones solicitantes. Actividad no arancelada.
Carga horaria: 360 horas más trabajo de investigación final.
Día de cursada: martes. Horario: 9:00 a 13:00 hs. y de 14:00 a 18:00 hs.
Período de preinscripción hasta el 14/08/2015.

PROGRAMA DE DIPLOMATURA EN RÉGIMEN ADMINISTRATIVO Y PRESUPUESTARIO 2º COHORTE Destinatarios: abogados y contadores que se desempeñen en el ámbito de Administración Pública local o otras jurisdicciones estatales.
Inicio: 3 de septiembre de 2015.
Cupos para instituciones solicitantes. Actividad no arancelada.
Carga horaria: 108 horas más examen final o trabajo integrador final.
Día de cursada: jueves. Horario: 13:30 a 17:30 horas.
Abierta la preinscripción hasta el 14/08/2015.

Saludos,
DRP

sábado, 25 de julio de 2015

INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE FISCOS - JORNADA INTERNACIONAL


Estimad@s colegas,

Buen día.

Comparto con Uds., la siguiente invitación enviada por el Departamento de Derecho Económico y Empresarial.


Estimados profesores y docentes:
El Departamento de Derecho Económico y Empresarial conjuntamente con el Centro de Estudios de Derecho Financiero y Derecho Tributario le invitan a la Jornada Internacional sobre intercambio de información entre Fiscos, que se realizará el 6 de agosto próximo, a las 18.00 hs. en el Salón Azul de la Facultad de Derecho. 
Intervendrán el Dr. José Osvaldo Casás (profesor emérito de esta Facultad), la Dra. Victoria Álvarez (Dra. en Derecho – Especialista en tributación internacional) y el Dr. Darío Rajmilovich (Profesor de la FCE UBA - Especialista en tributación internacional). 
La entrada es libre y gratuita, y se entregará certificado de asistencia a quien se inscriba en este Departamento de Derecho Económico y Empresarial. 
Cordialmente,
Dr. Gustavo J. Naveira de Casanova
Secretario

Un saludo,
DRP


jueves, 23 de julio de 2015

I CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO HOMOAFECTIVO - DAMOS EL PRESENTE

Estimad@s colegas,

Buen día.

Compartimos con Uds., la siguiente información:

Vamos a estar presentes en el I Congreso Internacional de Derecho Homoafectivo, organizado por la Comisión de Derecho Homoafectivo (CDHO), de la Orden de Abogados de Brasil - Sección Río de Janeiro (OAB/RJ), del 2/09/2015 al 4/09/2015.

Acompañamos la programación del evento:

1° Día
18h – AperturaMesa de Apertura
Felipe Santa Cruz, presidente de la OAB/RJ
Marcos Vinícius Furtado Coelho, presidente del Consejo Federal de la OAB
Marcello Oliveira, presidente de la Caja de Abogados de Rio de Janeiro
Raquel Castro, presidente de la CDHO
Rodrigo da Cunha Pereira, presidente del Instituto Brasilero de Derecho de Familia (IBDFAM)
Palestra Magna de Apertura: Maria Berenice Dias

Cóctel de Apertura

2° Dia
9h – Oficina de práctica
Transexualidad: Proceso y procedimiento
Patricia Sanches, integrante de la CDHO (OAB/RJ), doctora en Ciencias Jurídicas y Sociales
10h – Coffe Break

10h30 – Tema: El tercer género
Fernanda Carvalho Leão Barreto, abogada e integrante del IBDFAM y del Instituto Proteger
Damián Pizarro, abogado y profesor Universidad de Buenos Aires, autor y editor.
Katharina Pühl, científica social, investigadora y profesora

12h – almoço

14h – Tema: Panorama Latinoamericano
Gabriela Tuch, procuradora de la Diversidad Sexual de Guatemala
Pedro Paradiso, director ejecutivo de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersexuales para América Latina y Caribe
Diana Restrepo, profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma Latinoamericana Colombia
15h30 – Coffe Break

16h – Tema: Multiparentalidad, reproducción y Derecho
Rodrigo da Cunha Pereira, presidente del IBDFAM
Elio Braz Mendes, juez de la Infancia y Juventud del Tribunal de Justicia de Recife
Ana Carla Harmatiuk Matos, vice-coordinadora del Programa de pos-graduación en Derecho en Universidad Federal de Paraná
17h30 - Premiación Empresa Amiga de la Diversidad
Entrega de certificados y del Manual de Derechos LGBT en el mundo del Trabajo, organizado por la OIT y UNAIDS

3° Dia
9h – Oficina de práctica
Adopción: proceso y procedimiento
Silvana do Monte Moreira, presidente da Comisión de Adopción do IBDFAM e integrante de la CDHO

10h – Coffe Break

10h30 – Tema: Refugiados LGBTI
Presidente da mesa: Margarida Pressburguer (ONU)
Patricia Gorish, presidente nacional de la Comisión de Derecho Homoafectivo del IBDFAM
Juan Carlos Murillo, funcionario del Alto comisionado de las Naciones Unidas para Refugiados y oficial de la agencia de la ONU para Refugiados en Turquía e Guatemala
Sabine Jansen, especialista en refugiados LGBTI en Europa

12h – almoço

14h – Tema: Estado, religião e sexualidade
Henrique Rabello, integrante de la CDHO, de la  Human Right Lawyer Association y de la United States Holocaust Memorial Museum
Agnes Cristian, profesora de la PUC-Rio y de la Universidad de Moscú
Jean Willys, diputado federal (PSOL)

15h30 – Coffe Break

16h – Tema: Derecho LGBTI y Sistema Interamericano
Fanny Gómez, abogada de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Marcia Nina Bernardes, PUC-Rio
Flavia Piovesan, doctora por la USP

17h30 – Palestra de cierre
Ministra Carmem Lúcia


Eventos paralelos
02/09 - Reunión de las comisiones
03/09 - Presentación de trabajos

Comisión de Derecho Homoafectivo (CDHO)
OAB/RJ
Avenida Marechal Câmara, 150Río de Janeiro, Brasil


Los hacemos parte de nuestra alegría de participar en esta jornada de lujo.

Saludos cordiales,

Damián R. Pizarro


miércoles, 22 de julio de 2015

PROGRAMACIÓN INVIERNO 2015 - INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO

Estimad@s colegas,


Buen día.


Debido al arranque de nuestro curso intensivo de invierno de Instituciones de Derecho Público, les hago llegar la programación del curso que durante estas semanas nos ayudará para desarrollar los contenidos de la materia.

Para acceder al calendario académico 2015: click aquí

Además, dejamos en claro las fechas de parciales:
- 1° PARCIAL: 28 DE JULIO
- 2° PARCIAL: 11 DE AGOSTO
- FINAL: 14 DE AGOSTO


Asignatura: INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO
Cátedra: CARNOTA, WALTER F.
Profesor a cargo: Damián R. Pizarro

Contenidos de la Materia


Unidad Temática 1: El Estado y el Derecho Constitucional
1.1. El Estado como fenómeno político y jurídico
1.2. El derecho constitucional como derecho fundamental de organización del Estado.

Unidad Temática 2: Elaboración e interpretación de Técnicas Constitucionales
2.1. Técnicas de elaboración de normas constitucionales
2.2. Técnica de interpretación. Clases y modelos. Jurisprudencia.

Unidad Temática 3: Historia del Constitucionalismo
3.1. Antecedentes y orígenes del constitucionalismo moderno
3.2. Derechos de primera, segunda y tercera generación.
3.3. Etapas del constitucionalismo argentino federal y provincias.

Unidad Temática 4: Supremacía y Control Constitucional
                 4.1. Doctrina de la supralegalidad constitucional. Recorrido Jurisprudencial.
4.2. Relación entre la Constitución y el Derecho Internacional.
4.3. Control de Constitucionalidad. Modelos en el Derecho Comparado.
4.4. Sistema Argentino actual. Jurisprudencia.
4.5. Cuestiones políticas no justiciables.
4.6. El Derecho de la Integración: Unión Europea y Mercosur.

Unidad Temática 5: Formas políticas.
5.1. Formas de Gobierno y de Estado. Las clasificaciones tradicionales. Monarquías y repúblicas. Autocracias y Democracias Constitucionales. Presidencialismo y Parlamentarismo.
5.2. Formas de Estado. Federalismo. La situación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Unidad Temática 6: Reforma Constitucional.
                6.1. Procesos de reforma constitucional. Poder constituyente originario y derivado.

Unidad Temática 7: Los derechos fundamentales.
7.1. Teoría General de los Derechos Fundamentales. Derechos Civiles o de autonomía personal. Derechos políticos o participación ciudadana.
7.2. Los derechos económicos.
7.3. Los derechos sociales. Los nuevos derechos.
7.4. Principios de legalidad y de razonabilidad. Restricciones.

Unidad Temática 8: El Poder Ejecutivo en la Constitución.
                8.1. Composición y naturaleza. Elección.
                8.2. Acefalia del Poder Ejecutivo.
                8.3. El ministerio.
                8.4. Competencias. Decretos ejecutivos, autónomos, de necesidad y urgencia, y delegados.
                8.5. La Jefatura de Gabinete de Ministros.

Unidad Temática 9: El Poder Legislativo en la Constitución.
                9.1. El órgano Congreso. Bicamarismo. Elección y competencias.
                9.2. La ley. Proceso de formación.
                9.3. Labor parlamentaria: Plenos, comisiones y comisiones bicamerales.
                9.4. Derecho Parlamentario.
                9.5. Juicio Político

Unidad temática 10: Los organismos de contralor
                10.1. La Auditoria General de la Nación.
                10.2. La Sindicatura General de la Nación.
                10.3. La Defensoría del Pueblo.
                10.4. El Ministerio Público.

Unidad temática 11: El Poder Judicial en la Constitución.
                11.1. El juez.
                11.2. Competencias de la justicia federal y provincial.
                11.3. Corte Suprema de Justicia de la Nación.
                11.4. Recurso Extraordinario Federal.
                11.5. Consejo de la Magistratura.

Unidad Temática 12: Derecho Procesal Constitucional.
                12.1. Las garantías.
                12.2. Amparo clásico o individual. Amparo colectivo.
                12.3. Habeas corpus.
                12.4. Habeas data.

Unidad Temática 13: Los Derechos Humanos en la Constitución.
13.1. Los derechos humanos en jurisprudencia.
13.2. Procedimientos internos.
13.3. Procedimientos ante organismos internacionales (Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Corte Interamericana de Derechos Humanos).




martes, 21 de julio de 2015

VIDEO, IMAGEN Y... DERECHO LABORAL - CPACF



De izquierda a derecha:
DAMIÁN RODRIGO PIZARRO, MIGUEL ÁNGEL PIROLO, MIGUEL ÁNGEL MAZA,
GRACIELA MONTENEGRO, GABRIELA VÁZQUEZ, LEÓN PIASET, HÉCTOR GARCÍA

En la previa del acto académico

Junto a Miguel Á. Pirolo

Presenta Damián Pizarro, palabras de inicio de Graciela Montenegro
y expone Gabriela Vázquez.

Diserta Miguel Ángel Maza

Diserta León Piaset

Cierre del acto a cargo de Miguel Ángel Pirolo y Damián R. Pizarro


Finalizando el acto

lunes, 20 de julio de 2015

SÁBADO DE FICCIÓN... Y DERECHO - DAMOS EL PRESENTE

Estimad@s colegas,

Buen día.


Compartimos con Uds., la grilla de horarios de las ponencias del Sábado 1° de Agosto del Encuentro Internacional "Ficción y Derecho".


En el mismo participaremos con nuestra exposición titulada CINEMA DESCARTES.

“Daría todo lo que sé, por la mitad de lo que ignoro…
René Descartes

Acompaño la introducción de la misma para aproximarnos aún más a su desarrollo:
En el presente trabajo, me aproximaré a las sapiencias del llamado “padre de la filosofía moderna”. Es René Descartes quien a través del llamado Séptimo Arte, el cine, me permite abordar un tema de sumo interés tanto para los destinatarios de la filosofía, como así también de la filosofía del derecho.

A través de diferentes filmes que desarrollan sus tramas, intentaremos denotar que dejan entrever los diferentes abordajes realizados por el filósofo francés a través del método (duda metódica). La duda practicada por Descartes tiene una triple característica:

  • Universal, ya que se entiende así a todo contenido de conciencia
  • Metódica, etapa preliminar para alcanzar la certeza.
  • Radical, mediante ella pretende alcanzar el fundamento de todo conocimiento cierto.

Por último, y teniendo en cuenta lo anteriormente enunciado, desarrollaré la relación que hallo entre el legado de Descartes y el Derecho.



Esperamos contar con vuestra compañía.

Un saludo cordial,
Damián R. Pizarro

domingo, 19 de julio de 2015

AMIA: UNA DEUDA ADULTA Y SIN JUSTICIA

Estimad@s colegas,

Buen día.

Hoy queríamos dar unas líneas por una gran deuda nacional y mundial que tiene nuestro país... una que es deuda interna y externa también.

A M I A

Se cumplieron 21 años del atentado que se llevó tantas almas en su explosión, como así los que perecieron después a causa de traumas, cuestiones políticas, etc.

El Código Civil de Vélez Sarsfield rezaba que una persona era adulta a los 21 años, o sea, que entraba en una etapa de estabilidad relativa y de vigor físico. En cambio, respecto a la causa AMIA no cuenta ni con vigor ni con estabilidad positiva.

Ya es una causa que ha dejado la infancia y adolescencia, pero en lugar de alcanzar su completo desarrollo, ha llegado a su punto máximo de inacción y sin punto de referencia para lograr o alcanzar lo que reconocemos como justicia. 

Los intentos por dar con los culpables, para que estos sean puestos a disposición de la justicia han resultado infructuosos... Ello no podría ser sino con complicidad gubernamental interna.

Permitir un atentado, mostrarse inactivo ante él y no aportar voluntad para alcanzar el derecho humano a la justicia... los convierte en tan culpables como los que causaron tal daño.

Se reclama 21 AÑOS después por la verdad... sólo puede perdurar tanto tiempo un velo de injusticia y desprecio si se actúa con total desinterés por las víctimas y sus familias.

Esta situación logró perdurar gracias a la voluntad política que brilló, y brilla, por su total ausencia. 

A ningún político le importó AMIA, ni sus víctimas, sólo usaron la causa para postularse, para mostrarse junto al pueblo y sus dolores.


Saludos cordiales,

Damián R. Pizarro



sábado, 18 de julio de 2015

"SUEÑO UN ÁFRICA EN PAZ CONSIGO MISMA" - NUESTRO HOMENAJE

Estimad@s colegas,

Buen día.

Compartimos con Uds., un pequeño homenaje a un colega del Derecho que dio su vida para difundir un mensaje: igualdad y libertad.

Hoy el Dr. Nelson Rolihlahla Mandela (18/7/1918 - 5/12/13) celebraría sus 97 años de edad, y en su nombre se celebra el Día Internacional de Nelson Mandela. Por lo que la ONU, desde 2009, rinde homenaje así al político y jurista africano por su creación de una Sudáfrica "no racial, no sexista y democrática" que luchó contra el apartheid sudafricano.

¿Qué fue el apartheid en Sudáfrica?

Este fue un sistema de discriminación racial legalizado en Sudáfrica en el año 1948 y estuvo vigente hasta los años noventa. Algunas de las consecuencias de dicho régimen fueron:

  • La población de raza negra no podía compartir transporte público con los blancos.
  • Los sueldos de los negros eran un 50% más bajos.
  • Se crearon barrios exclusivamente para personas de raza blanca.
  • La entrada a los edificios públicos (correos, juzgados, etc.) tenían una entrada para negros y otra para blancos.
  • Los negros o podrían acceder a cargos políticos ni votar.
En 1994 se celebraron las primeras elecciones democráticas sudafricanas en las que pudieron votar tanto blancos como personas de raza negra. Estos comicios dieron la victoria a Nelson Mandela, quien ya había dedicado más de 40 años de su vida para luchar por una África justa e igualitaria.

Mandela ha ganado más de 200 premios y condecoraciones a lo largo de su vida, entre ellos destacan el Nobel de la Paz o el premio Príncipe de Asturias de Cooperación Internacional. A sus 88 años consiguió el premio Embajador de la Conciencia de Amnistía Internacional, y además, ha sido nombrado doctor honoris causa por más de 50 universidades alrededor del mundo.


Parte de su legado...

"Podemos cambiar el mundo y hacer que sea un mundo mejor. Está en tu mano hacerlo realidad".


"Detesto el racismo, porque lo veo como algo barbárico, ya venga de un hombre negro o un hombre blanco".


"Nadie nace odiando a otra persona por el color de su piel, o su origen, o su religión".


"No puede haber una revelación más intensa del alma de una sociedad, que la forma en la que trata a sus niños".


"Ser libre no es solamente desamarrarse las propias cadenas, sino vivir en una forma que respete y mejore la libertad de los demás".


"Los verdaderos líderes deben estar dispuestos a sacrificarlo todo por la libertad de su pueblo".


"Debemos usar el tiempo sabiamente y darnos cuenta de que siempre es el momento oportuno para hacer las cosas bien".


"Sueño un África en paz consigo misma".


"Si quieres hacer la paz con tu enemigo tienes que trabajar con él. Entonces se convierte en tu compañero".


"La muerte es algo inevitable. Cuando un hombre ha hecho lo que él considera como su deber para con su pueblo y su país, puede descansar en paz".


Nuestro humilde homenaje para un gran hombre...

Espero lo hayan disfrutado.

Un gran abrazo.

Damián R. Pizarro


viernes, 17 de julio de 2015

DERECHO AL "LAZER"... - MEMORIAS DEL VIERNES

Estimad@s,

Buen día.

El pasado viernes estuvimos acompañando al Prof. Mag. Camilo Stangherlim Ferraresi en la exposición de nuestro trabajo DIREITO AO LAZER DAS PESSOAS COM NECESSIDADES ESPECIAIS (Derecho al LAZER de las personas con necesidades especiales).


Cortesía del Departamento de Comunicaciones de la Facultad de Derecho (UBA)

Luego de recibir una importante presentación del Prof. Dr. Ricardo Rabinovich-Berkman, comenzamos nuestra palestra detallando los puntos en los que la misma se desarrollaría.




DERECHOS HUMANOS - UN CONCEPTO AMPLIO
Aquí utilizando una definición de la Dra. Flavia Piovesan denotamos la importancia de expandir los límites del concepto clásico para hacerlos aún más efectivos.

"A ética dos direitos humanos é a ética que vê no outro um ser merecedor de igual consideração e profundo respeito, dotado do direito de desenvolver as potencialidades humanas, de forma livre, autônoma e plena. É a ética orientada pela afirmação da dignidade e pela prevenção ao sofrimento humano.”

(La ética de los derechos humanos es la ética de ver en el otro un ser merecedor de igual consideración y profundo respeto, dotado del derecho de desarrollar sus potencialidades humanas, de forma libre, autónoma y plena. Es la ética orientada por la afirmación de la dignidad y por la prevención al sufrimiento humano.)


Cortesía del Departamento de Comunicaciones de la Facultad de Derecho (UBA)

PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES - NACIONAL E INTERNACIONAL
Haciendo referencias a los ordenes normativos internos, tanto de Argentina como de Brasil, expusimos la importancia de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 13 de diciembre de 2006. Y como dicho instrumento internacional ha "hecho" raíces en cada orden normativo, y ha sido declarado con Jerarquía Constitucional, conforme al Art. 72, Inc. 22 de nuestra Constitución Nacional, por el Congreso de la Nación Argentina.

Reconocemos que si bien se ha avanzado en el reconocimiento de los derechos de las personas con necesidad de protección especial, corresponde también intensificar la efectivización de dicha protección a fin de asegurar la vida digna, igualdad material y potenciamiento de las personas con necesidades especiales.

"Todavia, o sistema de proteção internacional de direitos humanos já reconhecia a necessidade de proteção especial e efetivação de direitos a fim de assegurar vida digna, igualdade material e empoderamento das pessoas com necessidades especiais."


RECHAZAMOS EL USO DE LA TERMINOLOGÍA COMÚN
Mencionamos especialmente la necesidad de retirar de nuestro uso diario la expresión "Discapacidad", y así sus variaciones o combinaciones como "Personas Discapacitadas", "Discapacitados", u otra expresión que tenga como fin referirse a personas portadoras de necesidades especiales y pudiere provocar una afectación aún mayor a su condición o inclusión.
"... para definir o indivíduo ou grupo de pessoas que, em razão de alguma limitação, física ou psíquica, temporária ou permanente, apresente dificuldade de inclusão social e dificuldades que efetivamente limitem seu exercício de direitos e pleno gozo da vida."

¿POR QUÉ NO HABLAR DE "O LAZER" COMO LO QUE ES?
La expansión del concepto de derecho humano hasta el tratamiento y protección del esparcimiento, descanso, ocio, reposo, entre otros, puede conllevar a la problemática de poder definir dicho derecho. El idioma portugués lo denomina lazer, pero por ejemplo en la lengua castellana no poseemos un término similar que los conglobe a los mencionados sin afectar su denominación. Sobre eso también nos referimos:

"A palavra Lazer não tem tradução específica para o espanhol. Encontramos esparcimiento, ócio, entretenimento, repouso, todavia, nenhuma delas corresponde ao sentido que a palavra lazer tem em português e que pretendemos abordar nessa apresentação."



Cortesía del Departamento de Comunicaciones de la Facultad de Derecho (UBA)


"Dessa forma, muitas vezes se identifica o lazer como compensação ao trabalho. Enquanto este seria a forma de se ganhar a vida, aquele seria a busca da felicidade, o oposto, a fim de garantir o equilíbrio das relações humanas."(Lazer e Educação, p. 26, Nelson Carvalho Marcelino)

DERECHO AL "LAZER" COMO DERECHO FUNDAMENTAL
Nos aventuramos a desarrollar estos puntos para debatir sobre la necesidad de ubicar al lazer entre los derechos fundamentales de segunda generación.

"O direito ao lazer da pessoa com necessidades especiais pode, assim, ser definido como o direito ao exercício de práticas de lazer, direito este que é fundamental social, ou seja, direito fundamental de segunda geração, que, atrelado a outras espécies dessa mesma categoria, busca proteger a dignidade da pessoa humana e garantir as liberdades individuais, cujo exercício depende de prestações positivas estatais e sua efetividade garante qualidade de vida, inclusão social, igualdade material e justiça social." 

(El DERECHO LAZER de la persona con necesidades especiales puede ser definido como un derecho al ejercicio de prácticas del lazer, este derecho que es fundamental social, o sea, un derecho de segunda generación, que sumado a otras especies de esa misma categoría (económicos y culturales), busca proteger la dignidad de la persona humana y garantizar las libertades individuales, cuyo ejercicio depende de prestaciones positivas estatales y su efectivización para garantizar la calidad de vida, inclusión social, igualdad material y justicia social.)



NUESTRAS CONSIDERACIONES FINALES
En este trabajo tratamos de hacer llegar la necesidad de hablar del lazer, ya que comprendemos que el reconocimiento de derechos amplia y efectivamente a las personas con necesidades especiales no se limita a ubicar rampas, puertas más amplias o aplicar descuentos en espectculos (aunque ayuda para empezar, consideramos que reconocer el lazer "...posibilita el acceso a la cultura, democratizando y asegurado el acceso a las transformaciones e innovaciones culturales, lo que por si ya permite una mejora en la calidad de vida en del desarrollo personal de las personas portadores de necesidades especiales."

"O lazer possibilita o acesso à cultura, democratizando e assegurando o acesso às transformações e inovações culturais, o que por si só permite uma melhora na qualidade de vida e do desenvolvimento pessoal das pessoas portadoras de necessidades especiais."



Gracias a todos los que nos acompañaron, ayudaron e inspiraron con su vida y ejemplo, para trabajar en este tema como necesidad humana fundamental.

Atentamente,

Damián R. Pizarro



Gracias por la filmación
Se trata de cuando respondíamos a la consulta referente a las bromas que se hacen,
en los medios, sobre o hacia personas con alguna imposibilidad o afectación física