sábado, 30 de agosto de 2014

CIERRE CONGRESO DE DAÑOS - INICIO DE CLASES

Estimad@s colegas,

Buenas tardes.

En esta oportunidad nos comunicamos por este medio para compartir nuestra satisfacción de haber compartido en la noche de ayer el cierre del XII Congreso de Daños de la Asociación de Abogados de Buenos Aires, conmemorando su 80° Aniversario (AABA). En el marco de dicha celebración, se desarrollaron otras dos importantes actividades, el I Congreso de Derecho del Trabajo, y el III Congreso de la Seguridad Social que contó con la importante participación de nuestro colega y siempre recordado Dr. Walter F. Carnota, entre otros destacados doctrinarios y académicos (Más información aquí).




Ya en la mañana de hoy, nos hicimos presentes junto a la Profesora Dra. Valeria Gómez, e inauguramos nuevamente la cursada de Instituciones de Derecho Público en la sede de Ingeniero Maschwitz. Con mucha alegría compartimos los lineamientos de la cursada e iniciamos con los temas de las primeras bolillas (Programa IDP).

Seguimos en contacto.
Un cordial saludo,

Damián R. Pizarro


PROGRAMA ORIENTATIVO INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO (ESCOBAR-MASCHWITZ/AGO-DIC2014)

PROGRAMA ORIENTATIVO
INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO – FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS (ESCOBAR/MASCHWITZ: AGO/DIC-2014)

Asignatura: INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO
Cátedra: CARNOTA, WALTER F.
Profesor a cargo: Damián R. Pizarro


Contenidos de la Materia




Unidad Temática 1: El Estado y el Derecho Constitucional
1.1. El Estado como fenómeno político y jurídico
1.2. El derecho constitucional como derecho fundamental de organización del Estado.

Unidad Temática 2: Elaboración e interpretación de Técnicas Constitucionales
2.1. Técnicas de elaboración de normas constitucionales
2.2. Técnica de interpretación. Clases y modelos. Jurisprudencia.

Unidad Temática 3: Historia del Constitucionalismo
3.1. Antecedentes y orígenes del constitucionalismo moderno
3.2. Derechos de primera, segunda y tercera generación.
3.3. Etapas del constitucionalismo argentino federal y provincias.

Unidad Temática 4: Supremacía y Control Constitucional
                 4.1. Doctrina de la supralegalidad constitucional. Recorrido Jurisprudencial.
4.2. Relación entre la Constitución y el Derecho Internacional.
4.3. Control de Constitucionalidad. Modelos en el Derecho Comparado.
4.4. Sistema Argentino actual. Jurisprudencia.
4.5. Cuestiones políticas no justiciables.
4.6. El Derecho de la Integración: Unión Europea y Mercosur.

Unidad Temática 5: Formas políticas.
5.1. Formas de Gobierno y de Estado. Las clasificaciones tradicionales. Monarquías y repúblicas. Autocracias y Democracias Constitucionales. Presidencialismo y Parlamentarismo.
5.2. Formas de Estado. Federalismo. La situación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Unidad Temática 6: Reforma Constitucional.
                6.1. Procesos de reforma constitucional. Poder constituyente originario y derivado.

Unidad Temática 7: Los derechos fundamentales.
7.1. Teoría General de los Derechos Fundamentales. Derechos Civiles o de autonomía personal. Derechos políticos o participación ciudadana.
7.2. Los derechos económicos.
7.3. Los derechos sociales. Los nuevos derechos.
7.4. Principios de legalidad y de razonabilidad. Restricciones.

Unidad Temática 8: El Poder Ejecutivo en la Constitución.
                8.1. Composición y naturaleza. Elección.
                8.2. Acefalia del Poder Ejecutivo.
                8.3. El ministerio.
                8.4. Competencias. Decretos ejecutivos, autónomos, de necesidad y urgencia, y delegados.
                8.5. La Jefatura de Gabinete de Ministros.

Unidad Temática 9: El Poder Legislativo en la Constitución.
                9.1. El órgano Congreso. Bicamarismo. Elección y competencias.
                9.2. La ley. Proceso de formación.
                9.3. Labor parlamentaria: Plenos, comisiones y comisiones bicamerales.
                9.4. Derecho Parlamentario.
                9.5. Juicio Político

Unidad temática 10: Los organismos de contralor
                10.1. La Auditoria General de la Nación.
                10.2. La Sindicatura General de la Nación.
                10.3. La Defensoría del Pueblo.
                10.4. El Ministerio Público.

Unidad temática 11: El Poder Judicial en la Constitución.
                11.1. El juez.
                11.2. Competencias de la justicia federal y provincial.
                11.3. Corte Suprema de Justicia de la Nación.
                11.4. Recurso Extraordinario Federal.
                11.5. Consejo de la Magistratura.

Unidad Temática 12: Derecho Procesal Constitucional.
                12.1. Las garantías.
                12.2. Amparo clásico o individual. Amparo colectivo.
                12.3. Habeas corpus.
                12.4. Habeas data.

Unidad Temática 13: Los Derechos Humanos en la Constitución.
13.1. Los derechos humanos en jurisprudencia.
13.2. Procedimientos internos.
13.3. Procedimientos ante organismos internacionales (Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Corte Interamericana de Derechos Humanos).



viernes, 29 de agosto de 2014

EN EL DÍA DEL ABOGADO - RECORDANDO

Estimad@s colegas,

Buen día,

Hoy, nos convocamos nuevamente no sólo para saludar al colega, ese que aboga, orienta o colabora con algún día vivir en un mundo más justo. Para ello, cabe recordar a quien fue un hito de nuestra profesión, un punto de inicio y de reconocimiento constante. Eso pareciera ser la verdad... pero no siempre lo es. Muchos resisten a nuestro Juan bautista Albedi.

En nuestro post de hace un año (http://pizarronjuridico.blogspot.com.ar/2013/09/ya-pasaron-unos-dias-asi-que-abogados.html), reconocíamos a este creador de Derecho Constitucional Argentino como aquél ausente pero siempre presente. En sus palabras:

"... los motivos de mi ausencia no me hacen valer más que otro argentino, tampoco son de naturaleza que me hagan valer menos (...) Yo deje mi país en busca de la libertad de atacar la política de su gobierno, cuando ese gobierno castigaba el ejercicio de toda libertad necesaria, como crimen de traición a la patria (...) Yo salí de Buenos Aires por odio a su gobierno, cuando su gobierno era el de Rosas. Odiar ese gobierno significaba entonces amar a Buenos Aires."

Para no reiterar lo dicho en esa oportunidad, tan sólo nos gustaría cerrar el presente intimándonos a todos...

A todos los abogados, para que cumpliendo con el juramento realizado, honremos a nuestra profesión actuando conforme al mismo, a la ley y a la humanidad. Que recuperemos el espacio que nos corresponde como colaboradores y auxiliares de la justicia, y no como simples administradores de bienes o empleados de escritorio.

Docentes, investigadores, abogados de profesión, jueces, camaristas, ministros, secretarios, auxiliares... Diferentes cargos, posiciones y responsabilidades... Pero una cosa nos une y nos hace semejantes. La abogacía, la carga de abogar, abogar por algo, propulsar algo y defender a alguien en su petición, en la defensa de sus derechos... No olvidemos lo más divino de nuestra profesión, ayudar.



"Abogados a abogar"


Saludo a mis colegas, a los de todos los días y a los que vendrán.
Con un fuerte abrazo,

Damián R. Pizarro





jueves, 28 de agosto de 2014

METODOLOGÍAS ACTIVAS EN DDS - CON FERNANDA LAGE


Estimad@s colegas,

Buen día

Siendo hoy un día de "paro" en nuestro país, continuamos pregonando algunos mensajes que pueden ser de interés para Uds., nuestra ultima participación en el Dialogando desde el Sur.

Con Uds., la nota publicada en la página oficial de la Facultad de Derecho (UBA), llamada Derecho al Día.


Ciclo de conferencias “Dialogando desde el Sur”

Jose Augusto Peres Filho, Bernardo Fabián Santos y Ricardo Rabinovich-Berkman
JOSE AUGUSTO PERES FILHO, BERNARDO FABIÁN SANTOS Y RICARDO RABINOVICH-BERKMAN
Como se viene dando los últimos años, el Ciclo de conferencias “Dialogando desde el Sur” se ha establecido como un espacio de trabajo e intercambio de experiencias entre académicos de cuatro continentes en pos de generar conocimiento, nuevas perspectivas y escenarios. Durante julio y agosto se han realizado cinco provechosos encuentros bajo distintas temáticas, con conferencias, debates y presentaciones de libros. La actividad fue coordinada por el director del Departamento de Ciencias Sociales y de la Modalidad Intensiva de Cursos para el Doctorado, profesor Ricardo Rabinovich-Berkman.
Encuentro inaugural del ciclo
El 23 de julio el ciclo inició con las palabras del profesor Ricardo Rabinovich-Berkman, quien recordó que el ciclo comenzó en 2009 y que es único en el mundo porque participan personas de cuatro continentes trabajando juntos. Organizaron el Departamento de Ciencias Sociales y el Departamento de Posgrado.
La jornada contó con la conferencia “Consumismo, educación para el consumo y medio ambiente”, a cargo de Jose Augusto Peres Filho (Brasil), y con la presentación de Bernardo Fabián Santos(Argentina). Peres Filho remarcó la importancia de tener conciencia de lo que se consume y, en ese sentido, indicó que existe el consumo racional o saludable, por un lado, y el consumo patológico, por el otro. “El consumismo que está en el medio (de ambas tendencias) se hace presente en nuestro día a día con mucha frecuencia. El consumismo considerado como impulsivo, causado por una irracionalidad y por una emoción de momento y delante de necesidades que no existen o totalmente artificiales”, remarcó. En la misma línea, entendió que la felicidad que produce el consumo es efímera.
En relación con el concepto de caducidad planificada de los bienes, el expositor afirmó: “Vivimos en una economía del engaño que apuesta a nuestra irracionalidad”. Advirtió que los productos duran cada vez menos pero el plazo de degradación en el medio ambiente no se acorta.
Seguidamente, se realizó la presentación del libro “La corresponsabilidad del estado y sus efectos penales según la ley de infancia y adolescencia”,de Diana M. Moreno Briceño (Colombia). La autora manifestó que el interés de escribir el libro proviene del profundo convencimiento de la necesidad de revisar los efectos que plantea en su aplicación la ley de infancia y adolescencia vigente en Colombia desde el año 2006. “Esta legislación plasma su filosofía y enfoque jurídico en la teoría de la protección integral”, describió Moreno Briceño. En este sentido, para que dicha protección integral pueda darse de una forma efectiva y se materialice, se estipula la importancia y trascendencia de la responsabilidad solidaria, permanente y conjunta en cabeza de la familia, la sociedad y el Estado.
Luego, se presentó la obra “Comprensión y justificación de la responsabilidad extracontractual”, deDiego M. Papayannis (España). La profesora Isabel González Nieves repasó algunos de los temas que aborda la obra e indicó que se trata de un libro que enriquece el mundo jurídico con un aporte original en el estudio conceptual de la responsabilidad civil desde el análisis económico y filosófico. Por su parte, Diego M. Papayannis explicó respecto de su interés por el análisis económico del derecho de daños: “Me generaba sensaciones encontradas: por un lado, me parecía un discurso muy atractivo, preciso, analítico; pero, por otra, le veía escaso valor desde el punto de vista normativo (…) Desde el punto de vista explicativo, también le veía muchas deficiencias: no es la eficiencia lo que explica la responsabilidad extracontractual, sino los principios de justicia correctiva y justicia distributiva”. En este sentido, el autor se cuestionó cómo puede parecerle valioso estudiar y enseñar una teoría que considera incorrecta. “Creo que esta fue la perplejidad que disparó la investigación”, entendió Papayannis. Por último, expuso las tesis principales defendidas en el libro sobre los fundamentos normativos de la responsabilidad extracontractual.

Enfoques socio-jurídicos internacionales
Con la organización del Departamento de Ciencias Sociales y el Departamento de Posgrado, el 25 de julio se desarrollaron tres conferencias: las primeras dos orientadas a los enfoques socio-jurídicos internacionales y la restante referida a la conciliación. Las mismas fueron coordinadas por la profesoraIsabel González Nieves.
En primer lugar, Diana Patricia Restrepo Ruiz (Colombia) presentó a Henrique Rabello de Carvalho(Brasil), quien expuso sobre “El Derecho Internacional de los Refugiados y la población LGBT”. El disertante recordó que en la definición de “refugiado” recogida en el artículo 1º de la Convención de Ginebra se incluye a las personas que por temor a ser perseguidas por pertenecer a determinado grupo social u opiniones públicas se encuentran fuera del país de su nacionalidad y no puedan, a causa de dichos temores, acogerse a la protección de tal país. “Intentamos coordinar la definición de pertenencia a un grupo social específico con derecho LGBT”, explicó Rabello de Carvalho. Asimismo, reconoció que muchas veces los Estados no aceptan formar parte de convenciones por cuestiones morales o religiosas.
Seguidamente, Antônio Jolima (Angola) presentó a Eugênia da Conceição Ramos (Cabo Verde), cuya exposición trató sobre “Amilcar Cabral, fundador del Partido Africano para la Independencia de Guinea y Cabo Verde”. La oradora repasó la historia de Amilcar Cabral, quien estudiaba en Cabo Verde y viajó a Lisboa para concluir sus estudios como ingeniero agrónomo. Su objetivo era terminar con el hambre en su país, Guinea-Bissau. Pero en 1973 fue asesinado en su tierra natal y nunca se supo quien fue el culpable.
Por último, Josefa Florencio do Nascimento (Brasil) disertó sobre “La conciliación judicial y la conciliación emocional”La presentación estuvo a cargo de Patricia Alejandra Ríos Rojas (Chile). La disertante afirmó que la conciliación judicial no se preocupa de la satisfacción y la pacificación de las partes litigantes. “En la cabeza de las personas se debe colocar la importancia de la audiencia de conciliación, es importante que las partes entren a la sala de audiencia desarmadas para aceptar y oír a la parte contraria”, subrayó. En este sentido, para que suceda una conciliación, debe haber una pacificación y una satisfacción. La expositora abogó por la idea de que cuando se realiza un acuerdo, debe haber una conciliación emocional. “Las empresas están contratando conciliadores para que en el caso de que haya problemas con los clientes no se llegue al poder judicial y se intente resolver pacíficamente mediante la conciliación”, describió. Esto se debe a que las empresas tienen la intención de continuar tratando con sus clientes.

Diálogos sudamericanos
La tercera sesión del ciclo, realizada el 30 de julio, fue organizada por el Departamento de Ciencias Sociales y el Departamento de Posgrado.
En primer término, se desarrolló la conferencia “Daños por productos elaborados”, a cargo deHumberto Zechlisnki Xavier de FreitasAnalía Noelia Antola Guggiari (Paraguay), por su parte, realizó la presentación y coordinó el debate. Durante su disertación, Humberto Zechlisnki Xavier de Freitas explicó que en Brasil se considera “accidente de consumo” cuando el producto es defectuoso, es decir, cuando presenta un problema en su fabricación o presentación, y cuando causa daño a pesar de haber sido utilizado en forma correcta a quien lo está utilizando o a un tercero. Del mismo modo, afirmó que el derecho de consumidor argentino toma en consideración el derecho brasilero y también el derecho europeo. Además, reconoció que en América Latina, a comparación con otros países, se viene planteando el tema del accidente de consumo con lentitud.
Seguidamente, se desarrollaron dos disertaciones sobre “Metodologías activas de enseñanza en Brasil y Argentina”, a cargo de Fernanda de Carvalho Lage (Brasil) y Damián Rodrigo Pizarro (Argentina). Presentó Juan Carlos Bermúdez López (Ecuador), quien llamó a no quedarse estancados en ciertas políticas de enseñanza, sino intentar obtener los medios más idóneos a fin de compartir los conocimientos.
Fernanda de Carvalho Lage declaró que la idea de la aplicación de la metodología activa es realizar una transformación en el modo de enseñar Derecho, para que el alumno deje de ser un mero espectador y pase a ser el protagonista del aprendizaje. Para esto, existen varias metodologías activas. En este sentido, de Carvalho Lage presentó una metodología denominada peer instruction. “El profesor, antes de la clase, provee al alumno de un material para una lectura previa (…) El alumno realiza esa lectura previa y llega a la clase con conocimientos sobre la materia”, explicó. De esta manera, el alumno no precisa del profesor para entender conceptos básicos. “La función del profesor es profundizar, problematizar y poner los conceptos en práctica”, agregó. La segunda fase de la metodología es la actividad en pares, donde los alumnos intentan resolver problemas. En caso de ser necesaria, la tercera fase implica explicar el tema para los alumnos, nuevamente, y verificar si se comprendieron las temáticas.
Por su parte, Damián Pizarro manifestó que como docente existe la obligación de incorporar capacitaciones y metodologías. En este sentido, explicó que los métodos y las modalidades no pueden ser rígidos. “Si uno se mantuviera dando clases siempre de la misma materia, que sea rígida y no tenga variaciones, tal vez el método clásico de enseñanza (…) sería suficiente. Con el paso avasallante de la tecnología, y los avances la jurisprudencia, doctrina o de la misma legislación, nos damos cuenta de que lo que damos hoy mañana puede estar desactualizado”, resaltó. Respecto a la tecnología, mencionó que ofrece la posibilidad de mantenernos actualizados y reducir diferencias espaciales e incluso tiempos. “Eso, en principio, puede ser un abundamiento de información y poco tiene que ver con la eficacia que buscamos como docentes (…) Tal vez es mucha información que está flotando”, advirtió. Así, manifestó que el rol del docente puede cambiar. Cuando el listado de bibliografía de una materia incluye textos que están disponibles, el rol del docente pasa a ser el de casi un tutor, porque no tiene la mera función de indicar textos y tomar un examen, sino que es “de tracto sucesivo, durante toda la enseñanza”.

Sociedad, Estado y Constitución
El 31 de julio el eje temático fue Sociedad, Estado y Constitución, y en este marcotuvo lugar la conferencia “La reforma constitucional en Ecuador”, a cargo de María Paula Romo Rodríguez(Constituyente y Diputada, Ecuador) y la presentación del libro “Temas de Teoría del Estado”, 2° edición, del profesor Jorge O. Bercholc. Organizaron el Departamento de Ciencias Sociales, el Departamento de Posgrado y el Departamento de Derecho Público I.
De manera introductoria, el profesor Ricardo Rabinovich-Berkman sostuvo que uno de los aspectos jurídicos donde los latinoamericanos se han mostrado más creativos es el constitucional. Tras la presentación de Juan Pablo Morales ViteriMaría Paula Romo Rodríguez remarcó que el cambio constitucional que se viene planteando en Ecuador es “mucho más rápido e inesperado que el resto de la historia podría decirnos”. La expositora explicó que la Constitución ecuatoriana ya experimentó una reforma en el año 2011, que fue una consecuencia de la intención del gobierno ecuatoriano de intervenir en la justicia. Por otra parte, comunicó que existen tres mecanismos para modificar la Constitución, los cuales dependen del contenido que se plantee para la reforma: la enmienda, la reforma o la Asamblea Constituyente. “La enmienda es el mecanismo más sencillo, la Constitución puede ser enmendada a través del Poder Legislativo”, describió. Los temas que pueden tramitarse mediante la enmienda no tienen que estar vinculados con la estructura o los elementos constitutivos del Estado, el establecimiento de derechos o garantías o el procedimiento de reforma de la Constitución. En relación con la Corte Constitucional, la expositora sostuvo que el primer paso es que la Corte realice un dictamen de procedimiento, previo al primer debate que realice la Asamblea Nacional. “La Corte debe dictaminar que la enmienda es el procedimiento adecuado (…) La Corte aún no se pronuncia”, puntualizó.
En la presentación del libro de Jorge O. Bercholc, Martín Aldao destacó el segundo capítulo, donde se analizan profundamente la ley de residencia y la ley de represión de actividades comunistas. “Ese recorrido, sobre cómo la Corte Suprema termina llevando a la práctica esos mandatos políticos que están en las leyes, me parece sumamente interesante y provechoso”, expresó. Además, resaltó que se traten temas tales como la calidad institucional, la opinión pública y la integración regional.
Por su parte, Jorge Bercholc remarcó que la presentación del libro se haya realizado en este ciclo: “No tenemos la real dimensión de la importancia de este espacio académico”. Consideró que se trata de un ámbito de integración y que genera condiciones para producir conocimiento científico que permite crear perspectivas y recomendaciones a las instituciones académicas. Entendió que los juristas son quienes tienen la mejor formación para realizar análisis jurídicos-institucionales y sobre producción, eficacia y efecto de las normas, pero suelen carecer de formación metodológica y, en algún caso, epistemológica, para detectar nuestros objetos de estudio y el modo de abordarlo, no desde lo normativo, sino observando todo el contexto que hace al mundo de lo jurídico.

Problemáticas compartidas
El último encuentro del ciclo se realizó el 7 de agosto y organizado en esta ocasión por el Departamento de Ciencias Sociales y el Departamento de Posgrado. Coordinó el profesor Ignacio Tedesco.
El primer panel “El futuro de la familia o la familia del futuro: un análisis desde los libros ‘La posibilidad de una isla’ y ‘Los cuerpos del verano’” estuvo a cargo de Federico G. Piedras Quintana(Argentina), quien expresó que en “La posibilidad de una isla”, el autor Michel Houellebecqrealiza un planteo de sociedad post humana, es decir, que vendría después de lo humano a partir de lo humano mismo. Por el otro lado, en “Los cuerpos del verano”, de Martín Felipe Castagnet, se proyecta lo que va a suceder en una sociedad dentro de 150 años en Buenos Aires. Así, el expositor explicó que la gran idea que está detrás de la novela es la posibilidad de una inmortalidad, que ya no tiene que ver con el cuerpo en sí, sino con la conciencia. En lo que respecta a la novela de Houellebecq, manifestó que lo que se propone, en base a partir de la política sobre los cuerpos, es una sociedad post capitalista. Finalmente, analizó que en la obra de Castagnet, los cuerpos dejan de ser un reparo para sociabilizar, y básicamente demuestra que hay una posibilidad de que un cuerpo no sea lo que defina la identidad de una persona.
Luego, Ricardo Garzón Cárdenas abordó “Terrorismo ¿Una entidad que puede comprometer la responsabilidad del Estado?”, en donde manifestó que el problema no radica en lo que nosotros llamemos o no terrorismo, sino si existen los supuestos con los que debe contar el juez para determinar una condena al Estado. Las tesis que admiten la construcción del rótulo de responsabilidad del Estado por acto de terrorismo parten de la base de tomarse en serio el término terrorismo. Los más optimistas derivan de la ocurrencia de un hecho catalogado como terrorista, sin consideraciones adicionales, la declaración de la responsabilidad. Otros reconocen en el acto terrorista una entidad, que si bien no activa por sí misma la responsabilidad del Estado, si sirve para la descripción de algunas hipótesis en las cuales el Estado debe responder. Respecto del primer aspecto: “pareciera que la intención de que el Estado responda por los daños ocasionados por acto de terrorismo obedeciera la interpretación del nuevo orden constitucional que surge a partir de 1991”, evocó. De esta manera, indicó que los principios constitucionales erigen un nuevo orden en materia de responsabilidad y lleva a que el Estado deba responder por daños que antes no le eran imputables. En cuanto a la segunda postura, sobre la responsabilidad del Estado por acto de terrorismo, señaló que es una pura cuestión terminológica, pero que implica una contradicción, debido a que no se puede denostar la precisión del término terrorismo, porque esta postura expresa que no basta el término, sino que se necesitan otras cosas.
Por último, André Lui Albuquerque expuso sobre “Movimiento constitucionalista, democracia directa y Constitución en Brasil”. Describió que en Brasil hay 26 estados miembros y más de 5.800 municipios, todos ellos gozando de autonomía, la cual está limitada a la soberanía del Estado. “La autonomía tiene una triple capacidad: autogobierno, es decir, el ciudadano local tiene indicado sus propios representantes; autoadministración, de modo que cada ente federativo puede administrar de forma libre; y auto-organización”, enunció. Hacia el final, expresó que la Constitución Federal en Brasil adoptó un régimen de gobierno denominado democracia, por ende, hay una intervención directa del pueblo en las decisiones políticas del Estado.


Ahora acompaño unas fotos que orgullosamente mostramos con Fernanda Lage.
Un saludo cordial,

Damián R. Pizarro




miércoles, 27 de agosto de 2014

AVISO DE IMPORTANCIA - JUEVES 28/8 (AVELLANEDA)

Estimad@s alumnos,

Buenas tardes.

Ante la renombrada posibilidad que el transporte hacia la sede AVELLANEDA sea de modo caótico, no dictaremos clases mañana.

Acompaño la indicación dada por la facultad.


Estimado/a Profesor/a:

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. a fin de comunicarle que, atento al paro programado para el día de mañana, jueves 28 de agosto, por disposición de la Secretaría Académica, no se efectuará el control de ausentismo, no se tomará ningún tipo de evaluación académica ni se dictarán contenidos obligatorios de asignaturas, tanto en el ámbito de esta Facultad como en sus correspondientes Sedes.

Aprovechamos la ocasión para saludarlo muy atentamente.

Sala de Profesores


Desde ya, estaremos en contacto y seguimos trabajando al menos a distancia.
El lunes próximo con las actividades mencionadas nos reencontramos.

Saludos,

Damián R. Pizarro








(Algunas imágenes del SEMIDI junto a colegas y funcionarios.
Agradezco a Fernanda Lage y a Luiz Fernando Barbosa Silva por proporcionarme las fotos)

martes, 26 de agosto de 2014

INVITACIÓN A PRESENTACIÓN DE OBRA (HOY) - ACOMPAÑO FOTOS DE NUESTRA PARTICIPACIÓN EN SEMIDI

Estimad@s,

Buen día.

Acompaño la invitación a la presentación de una obra jurídica de lo que considero un muy buen tema para tratar y analizar con detenimiento. Desde ya, sin "sujetarse" al fallo Mendoza, pensar dinámicamente el rol de los jueces en aquellas cuestiones que son de interés colectivo. En este caso ambiental, pero que podría ser de Consumidor también. La interpretación de los derechos, sea de la "generación" que fueren, se requiere sea menos estática y condenatoria, para ser principalmente practicable y finalmente efectiva.


Presentación del libro “La responsabilidad del Estado frente al daño ambiental. El rol de los jueces”, de la Mag. María Silvina Castellano.

Martes 26 de agosto de 2014 a las 17.30 hs. en el Salón Azul, Facultad de Derecho (UBA)

Expositores:

  • Dr. Alberto R. Dalla Via
  • Dra. Aurora Besalú Parkinson
  • Dr. Dino Bellorio Clabot
    La obra ha sido realizada en el marco de la Maestría en Magistratura.
Más información:
Maestría en Magistratura
Tel: 4809-5666
Horario: Lunes a viernes de 16 a 20 hs.
E-mail: magistra@derecho.uba.ar




Por otro lado, acompaño algunas imágenes que vamos recibiendo de nuestra participación en el III SEMIDI de Derechos Humanos, en UNISAL, Lorena/SP.







(Agradezco el envío de las imágenes a Stefano Maximo Lopes)


Seguimos en contacto.
Saludos cordiales,

Damián R. Pizarro

sábado, 23 de agosto de 2014

JORNADA "EL DERECHO CONSTITUCIONAL Y EL DERECHO ADMINISTRATIVO:..." - INVITACIÓN CHACO

Estimad@s colegas,

Buen día.

Tengo el agrado de compartirles un flyer de la jornada que va a realizarse en Resistencia, Chaco, el viernes 19 de Septiembre, organizada por Comisión de Derecho Constitucional y Derecho Administrativo de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional, la que integro.

Importantes doctrinarios participarán como los Dres. Profesores Rosatti, Toledo, Bianchi, Midón, Palacios, Vigier, Sacristán y Sánchez.



Un saludo cordial,

Damián R. Pizarro

jueves, 21 de agosto de 2014

DERECHO DE LA INTEGRACIÓN - PORTAL ACADÉMICO Y PROGRAMA (UBA)

Estimad@s colegas,

Buen día.

Con extrema alegría, compartimos e invitamos a Uds. a que puedan ingresar al portal académico de la Cátedra del Dr. Walter F. Carnota de Derecho de la Integración (Derecho-UBA), con un click (Aquí).

Espero puedan acceder y conocer quienes componemos la cátedra y los contenidos dictados en la misma.

Puede descargarse el programa de la materia de este blog (EPJ) o del mismo portal (Click aquí).

Saludos cordiales,

Damián R. Pizarro





miércoles, 20 de agosto de 2014

LA INTEGRACIÓN Y LAS ACCIONES COLECTIVAS COMIENZAN POR EL HOGAR...

Buenas noches colegas,

Hoy no participamos del Pizarrón Jurídico como es común, aprovecharemos la influencia positiva del lugar.

En este caso, quiero compartir algo que, si bien todos sabemos y ya hablamos en este espacio, cabe traer nuevos ejemplos y citas de ayuda. Empezar en casa.

A un día y algunas horas de compartir el espacio académico con otros colegas, y compartir disertaciones sobre Derechos Humanos e Igualdad de Género, quería aproximarme a algunas cuestiones pero sin olvidar, y más bien recordar, el marco de integración regional y cultural en el que estamos trabajando.

Resulta que algunos creemos que las casualidades no existen y todo resulta por una causa, pero es que por algo nos invita en esta fecha a reunirnos, a integrarnos y a colaborar académicamente con el de al lado, con el del país de al lado y otros no tan cercanos.
La semana jurídica de UNISAL, que coincide con el III SEMIDI, también ocurre próximo a la fecha que se celebra el nacimiento de Juan Don Bosco (15 de Agosto de 1815).

Fue Don Bosco, un verdadero visionario en su tiempo de la educación contemporánea, se dedicó a trabajar con la misión de enseñar a todos los jóvenes del mundo la FEALDAD DEL PECADO y LA BELLEZA DE LA VIRTUD, a través de lo que se llamó su "sistema preventivo", que daba una respuesta positiva a los cuestionamientos que se hacían en esa época al sistema convencional o represivo que regía a su modo (Para más información, buscar: Dom Bosco, Juan, Tratado de Formación, 1877).

El Boletín Salesiano de Julio 2014 (ANO 64-N°4), de la "Rede Salesiana Brasil", ubicó en su tapa y dedicó un especial a ello, hablando de la agenda oficial de la celebración del Bicentenario del nacimiento de Don Bosco, que se dará el año que viene, y en una conversación con la hermana Amélia indicó que:

"El verdadero sentido de traer a la memoria a Don Bosco es vivir como si el estuviera hoy aquí con nosotros. Él está presente en el corazón, la vida, las palabras, en las acciones de todos los que asimilaron sus enseñanzas y viven la espiritualidad del sistema preventivo, la espiritualidad de Jesús el Buen pastor... Hoy es preciso salir a descubrir dentro de las dificultades de la historia, caminos jamás recorridos y dar respuestas inéditas".
(Traducido al idioma español por quien suscribe este blog, mis disculpas por las inexactitudes que pudieren hallarse).


Y para volver al tema inicial de la integración con nuestros allegados y colegas, me sirvo de una enseñanza de Don Bosco que decía: "Quien siembra buenas obras, cosechará buenos frutos".

¿Cómo podemos hacer en nuestro día a día para colaborar en la integración y obtener los dignos frutos de tal inmensa y humana colaboración?


Así se me ocurrió un ejemplo, al cuál dedicaré el cierre de éste posteo:

En la jornada académica de ayer pude notar que entre los colegas (argentinos-brasileños) cumplíamos con cierta intención realizadora del acuerdo marco de integración regional del Mercosur (Mercosul), el Tratado de Asunción. Cuya conformación (exceptuando cuestiones prácticas y de naturaleza tributaria y arancelaria) requería de la colaboración y plena participación de los Estados miembros para lograr el desarrollo y crecimiento de aquellos, y la paz en la región. Puedo aportar entonces que, compartiendo el espacio académico y cenas de descanso y dispersión aunque siempre con el aditivo cultural, hemos cumplido con tales propósitos.

Por lo que podemos decir que, el tratado o instrumento que se trate, puede crear lazos hasta de suma obligatoriedad, sembrar buenas ideas o esbozar intenciones, pero depende de sus beneficiarios y practicantes (nosotros) el poder lograr su pleno cumplimiento y "desenvolvimiento", su fruto más apreciable. 



Tenemos una ilusión, la ley nos acompaña, contamos con la enseñanza de un gran maestro, ahora... ¡manos a la obra!

Quedamos en contacto, nos vemos en Sao Joaquim.

Damián R. Pizarro








lunes, 18 de agosto de 2014

PROGRAMA “DERECHO DE LA INTEGRACIÓN” - DERECHO, UBA (CURSO 112)

ASIGNATURA: “DERECHO DE LA INTEGRACIÓN”

TEDRA: Profesor Titular  Dr. Walter F. Carnota

ADJUNTO: Prof. Abog. Damián R. Pizarro


OBJETIVOS:
La supremacía constitucional y el control de constitucionalidad que estudiábamos en tiempos anteriores en la Facultad resulta una visión parcial de los problemas de jerarquía de normas,  si tenemos en cuenta el nuevo rango que, en el entramado constitucional, han adquirido los tratados internacionales desde 1994, sean éstos de derechos humanos o del Derecho de la Integración.
Se buscará que cada uno de los alumnos  tenga un manejo procesal tal que pueda  entender al control de constitucionalidad y de legalidad de todas y cada uno de las normas internacionales. Para ello se dividirán las clases en una teórica y otra práctica, observando la declaración de constitucionalidad y legalidad de las normas internacionales llevadas al curso.
Y justamente es el Derecho de la Integración que ha servido aperfeccionar la uniones de estados regionales para una mejor perspectiva temporal y formal frente a otros bloques regionales del mundo, que de otro modo se verían perjudicados o disminuidos en las negociaciones económicos, políticas y sociales.
Uno de los problemas fundamentales que se encuentra en la actualidad en las ciencias jurídicas: el de saber si existe un derecho internacional separado de los derechos internos; si son dos sistemas jurídicos diferentes e independientes o si constituyen ramas de un mismo orden jurídico general. Luego de dar respuesta,  en el transcurso de las primeras clases, a dicho interrogante y,  de hacer un breve recorrido histórico del Derecho internacional general, nos abocaremos al estudio de la jerarquía o prevalecía de un ordenamiento sobre otro, teniendo en cuenta dos facetas importantes: la globalización e integración, para que el cursante tenga su propia visión critica de ello, con un basamento sólido del tema en cuestión. Se sabe que la Integración se erige de este modo en la “compensación inteligente” del fenómeno de la globalización.
La globalización, según Bidart Campos, tiene algo de bueno y algo de malo. Dentro del primero  nos permite  mirar más allá de nuestro reducto y sentirnos, de algún modo, ciudadanos del mundo; por otro lado, nos invade y arrasa en cuanto tenemos y queremos tener como propio, de nuestra identidad y de nuestra diferencia y como ámbito de decisiones que pertenece a la comunidad política de la que somos parte.
Ello así, una vez establecido los conceptos y características de los derechos de los tratados, llevaremos a debate general lo positivo  y negativo de nuestra integración al mundo y a las regiones vecinas, siempre desde una óptica de respeto a los tratados firmados y ratificados por Argentina.
Pero para que el alumno tenga las herramientas básicas para poder resolver en un futuro las problemáticas que se susciten en el Derecho de la Integración, se explicarán y se analizarán los principios rectores, juntos con las cláusulas existentes y reconocidas en su validez en un consenso generalizado de la mayoría de los países, que deberán ser respetadas sin excepción. 
       Como se podrá notar no solo se tendrán como objetivos el enriquecimiento jurídico del Derecho de la integración, sino que también se pretende una conciencia más integrada con el mundo y con nuestros ordenamientos internos desde la Constitución hasta resoluciones ministeriales, ya que, no se puede tener certeza sin conocimiento y no se puede tener conocimiento sin una conciencia abierta, plena  e integradora del actual pragmatismo jurídico.
         
Desde esta visión, entendemos que la asignatura debe tender a:
-Permitir a los alumnos conocer los distintos vínculos que se anudan entre los Estados, desde las más modestas reducciones arancelarias hasta los mecanismos propios de la integración, pasando por el estadío del derecho comunitario;
-Estudiar las diversas estructuras regionales (Unión Europea, MERCOSUR, Comunidad Andina, etc.), que dan base y soporte a esos lazos;
-Detectar la interacción entre los ordenamientos internacionales y domésticos en las áreas específicas del Derecho de la Integración;
-Desarrollar destrezas en el estudio de la jurisprudencia comunitaria;
-Realizar una visión integradora del mundo jurídico, sin separaciones temáticas o territoriales artificiales.


PARTE PRIMERA.
DERECHO INTERNO

UNIDAD I
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL DE CARA A LOS FENOMENOS DE LA INTEGRACION

Bolilla I
Relaciones del Derecho Internacional con el derecho interno. Estudio de los casos de la CSJN: “Merck Química Argentina”, “Martín”, “Ekmekdjian I y II”, “Fibraca”, “Giroldi”, “Méndez Valles”,“Bramajo”, “Acosta”.

Bolilla II
Monismo y dualismo. Análisis de los arts. 27, 31 y 75 inc. 22 y 24 de la Constitución NacionalSociedades abiertas y sociedades cerradas. Primacía del Derecho Internacional general. Desarrollo del problema de la soberanía: Popper y Bodino. Planteo dogmático y planteo realista.

UNIDAD II
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE LAS NORMAS INTERNACIONALES.

Bolilla I.

Control de Constitucionalidad de los tratados internacionales. El sistema del Control de Convencionalidad. Control de constitucionalidad de oficio y por omisión. Su análisis en el derecho interno, internacional, comunitario y de integración. Los jueces y la integración. Los tribunales Supranacionales. Los modelos de la integración: sus estructuras, sus perspectivas privatistas, publicistas y sociales. Mecanismos de solución de controversias. Integración y derechos humanos.

Bolilla II
Control de Constitucionalidad a priori o a posteriori. Hipótesis del problema de jerarquía normativa. Control de legalidad en el derecho convencional internacional, en el derecho comunitario originario y derivado. El Federalismo y el derecho de internacional.

 
PARTE II.
PAUTAS GENERALES
 
UNIDAD I
  1. Derechos patrimoniales e Integración. Pautas en el campo civil, comercial y de las obligaciones.
  1. Derechos personalísimos e integración. Derecho de familia.
  1. Derechos sociales e integración. Materia laboral y de la seguridad social.
  1. La empresa y la integración. El mercado como valor constitucional. Protección del medio ambiente y de los usuarios y consumidores.

INTRODUCCIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL, COMUNITARIO Y DE INTEGRACION.

BOLILLA I
Orígenes y etapas del derecho internacional general.

1. Periodo de anarquía internacional. 2. Periodo incipiente del Derecho Internacional o Derecho de Gentes. Siglo XVI. Paz de Westfalia (1648) –Tratados de Münster y de Osnabrüch-. 3. Principio de igualdad jurídica de los Estados. 4. Influencia del padre del Derecho de las Naciones: HugoGrocio. 3. Siglo XVIII. Revolución de EEUU y Revolución Francesa. Noción de soberanía popular. 4. El Siglo XX y el principio de soberanía internacional. 5. Concepto de Soberanía de Max Sorensen. Creación de la Sociedad de las Naciones, la Corte Permanente de Justicia Internacional (CPJI) y, la Organización Internacional del Trabajo (OIT).-. 6. Periodo de la Segunda Posguerra Mundial (1945). Creación de órganos internacionales de carácter intergubernamental: la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Corte Internacional de Justicia (CIJ).-. 7. Tratados de carácter supragubernamental (CEE y la CECA). 8. Convención de Viena sobre derecho de los tratados (1969). 9. Tribunal Penal Internacional y tribunales para la ex Yugoslavia y Rwanda.

BOLILLA: II
Derecho comunitario y derecho de la integración.

1. Derecho comunitario y Derecho de Integración. 2. Concepto, Objetivos, Ciencia, Autonomía, y Nombre del Derecho de Integración. 3. Historia y tipos de integración Elemento volitivo y la racionalidad de la acción comunitaria por Max Weber. 4. Hipótesis para el problema de la validez. 5. Validez jurídica y sociológica. 6. Pacto de la Sociedad de Naciones y Tratado de Versalles (1919). El derecho internacional de los derechos humanos. 7. Su recepción constitucional. 6. Evolución y contenido. 8. Garantías de cumplimiento. 9. Variantes normativas del Derecho Comunitario. Jurisprudencia  del Tribunal de justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) y del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena (TJAC).10. Globalización. Regionalismo y Multilateralismo.


UNIDAD II
FUENTES, INTERPRETACION Y PRINCIPIOS.

Bolilla I.
Fuentes e interpretación.

Fuentes del Derecho de la Integración. Relaciones de las fuentes  del Derecho de  la Integración con los derechos internos. Pautas de interpretación. Las generaciones de  los derechos humanos. Su judiciabilidad. Operatividad y programaticidad. El mayor standard de protección (art 29 CADH).


Bolilla II.
Cláusulas y principios del derecho internacional.

1 .Principio de igualdad soberana. 2. Principio de autoridad democrática y respeto a los derechos humanos. 3. Principio de razonabilidad. 4. Principio de autonomía de las partes. 5. Principio de subsidiaridad (art. 3.B. del TUE). 6. Cláusula “Calvo”. 7. Conciencia de comunidad: Volumen, intensidad, rigidez y contenido. 8. Esquemas de Durkheim y Popper.  9. Principio de cooperación y coordinación. 10. El jus dispositivum y el self excuting. .11. Pacta sunt servanda jus cogens (art. 53 y 64 de la Convención de Viena).

PARTE III
PAUTAS ESPECIALES.

UNIDAD I.
Proceso de integración regional.

1. Tratado de Roma (1957). Creación de la Comunidad Económica Europea (TCEE).- 2. Tratado de Maastrich (1992). Creación de la Unión Europea.-  3. Tratado de  Ámsterdam (1997).- 4. Políticas comunitarias, disposiciones económicas y sociales en la Comunidad Económica Europea. 4. Integración en América Latina: Asociación Latinoamericana de Libre Comercio, Asociación Latinoamericana de Integración, Comunidad Andina de Naciones y Mercado Común del Sur. Procesos de Integración en América Central: el Mercado Común Centroamericano y la Comunidad del Caribe. 5. Tratado de  Montevideo (1980). Creación del MERCOSUR. 6. Tratado de Asunción (1991). 7. Protocolo de Brasilia para la solución de controversias (1991). 8. Protocolo de Ouro Preto (1994). 9. Actualidad del MERCOSUR. Laudos arbítrales. Obligatoriedad de sus normas jurídicas. 10. ALCA y ALADI. 11 NAFTA. 12. La Unión de Americana del Sur. 13. Integración en América del Norte: Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Integración Hemisférica: Proyecto ALCA. 14. Otros proyectos de integración.  15. Las relaciones interbloques. 16. Argentina: bases y opciones para la integración.



UNIDAD II
Procedimientos supranacionales.

BOLILLA I.
Procedimiento interno.

1. Alcances del Recurso Extraordinario en materia de derechos humanos. 2. Exequátur (art. 499 del CPCCN). 3. Análisis del caso “Manauta” sobre inmunidad de la soberanía de los Estados Extranjeros. 4. El control de constitucionalidad de los laudos arbitrales. 5. Influencia del caso “Cartellone” de la CSJN. 5. El control de constitucionalidad de las normativas del MERCOSUR.

BOLILLA II. 
Procedimiento internacional.

1. Ingerencia en el derecho interno de la Convenciones y Pactos Internacionales. 2. Supremacía y Control de Constitucionalidad. 3. El proceso ante la Comisión y la Corte Interamericana de Justicia. Análisis de los arts. 66, 67, 68 y 69 de la Convención Americana sobre  Derechos Humanos. . 4. Organización, Competencia y funciones.5. Función e importancia de las reservas, declaraciones y denuncias, efectuada por los países miembros. 6. Los protocolos y disposiciones transitorias en el derecho internacional. 7. Los Pactos Internacionales de la Naciones Unidas:   Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). 8. Análisis del Código Modelo de Procesos Colectivos para Iberoamerica (aprobado en Caracas el 28/10/04).

UNIDAD III
JURISDICCIÓN SUPRANACIONAL.

1. Jurisdicción Internacional: CPI. Remisión 2. Regional: Unión Europea y MERCOSUR. 3. Laudos arbítrales internacionales. Casos de: “Alabama” (1872) y “Montijo” (1875). 4. Jurisprudencia de la CPJI y CIJ. Casos “Wimbledon” (1923) y “Canal de Corfu” (1949). 5. Opiniones consultivas.

UNIDAD IV
DERECHOS ESPECIALES E INTEGRACION



BIBLIOGRAFÍA:

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