Buen día.
En esta oportunidad queremos compartir con Uds., una sentencia que nos obliga a mencionar y a trasladar la polémica.
La sentencia referida es del Superior Tribunal Federal brasilero (STF) a través del cual, a una mujer detenida con prisión preventiva, y a la espera del proceso y su respectiva resolución, se le concedió la prisión preventiva en su domicilio. Esta medida amparada en el artículo 318 del Código Procesal Penal que permite la prisión domiciliaria de la mujer embarazada o con hijos de hasta 12 años, esta modificación instituida por el Estatuto da Primeira Infância (Ley 13.257/2016).
(ver nota completa en IBDFAM)
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