sábado, 14 de febrero de 2015

RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LAS RELACIONES DE CONSUMO - COLEGIO DE ABOGADOS (CPACF)





El sistema de resolución de conflictos en las relaciones de consumo


Objetivos generales: Que los alumnos reconozcan y comprendan los conceptos de la recientemente sancionada Ley 26.993 (en adelante LRCRC). Que logren incorporar los lineamientos del sistema de resolución de conflictos en las relaciones de consumo.


Cuerpo Docente

Coordinadora: Dra. María Quintana



Profesores Invitados:
Dr. Enrique Luis Suàrez. Especialista en Defensa del Consumidor. Miembro activo del INSTITUTO DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR – CPACF.
Dr. Hèctor Osvaldo Chomer. Profesor Titular Derecho Comercial UBA, Juez Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 10, Docente y Miembro del Instituto de Derecho Comercial del CPACF.
Dr. Alexis F. Corti. Abogado, mediador, Profesor del área métodos alternativos abordaje de conflictos UBA. Gerente operativo de descentralizacion y administración de la Dirección Gral. de Defensa y Proteccion al consumidor del Gobierno de la Ciudad de la Ciudad de Buenos Aires.-
Dr. Javier Wajntraub. Abogado UBA Doctorado enla Facultad de Derecho, Consultor legal dela Secretaria de Atención ciudadana de Defensa Consumidor del Gno.dela Ciudad de Buenos Aires. Arbitro . Subdirector de Posgrado en Derechos de Contratos UBA. Posgrado en Derecho Ambiental. Conductor del programa de TV: " CONSUMO RESPETO". Autor del libro “Defensa del consumidor" con Jorge Mosset Iturraspe.
Dr. Hugo Boetto. Abogado, Jefe de Audiencias de Defensa del Consumidor del GCBA. Posgrado en Defensa del Consumidor en la Universidad de Ciencias Económicas de la UBA.
Dr. Horacio Bersten. Abogado. Director del Instituto de Defensa del Consumidor del CPCF.
Dra. Marcela Novick. Especialista en Defensa del Consumidor. Miembro activo del INSTITUTO DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR – CPACF.



CONTENIDOS

- El derecho del Consumidor yla ConstituciónNacional.Los tratados Internacionales. Integración del Derecho del Consumidor con el resto de la legislación. Leyes de Lealtad Comercial y Defensa dela Competencia.Derechodel Consumo y Código Civil.
- Sistema de protección y defensa de los consumidores: La ley de Defensa del Consumidor. Objeto de la ley. Ámbito de aplicación. Concepto de consumidor. Equiparación. Subconsumidores. Consumidores especiales. El consumidor individual. El consumidor asociado. Concepto de proveedor. Concepto de relación de consumo.
- Derechos fundamentales del Consumidor. Información. Ámbitos del deber informativo: precontractual, contractual, poscontractual y extracontractual. Sujetos obligados. Alcances. Consecuencias del déficit en la información. La obligación de seguridad. Los deberes de advertencia, subsanación, sustitución, retiro y recupero del producto como instrumentos del derecho de seguridad. Obligación de seguridad y el factor de atribución. El trato equitativo y digno en el acceso al consumo. Derechos Instrumentales: educación, organización, participación, acceso a la solución de conflictos.
- Condiciones de Oferta y Venta.La Oferta.LaPublicidad. La comercialización de cosas deficientes, usadas o reconstituidas.
- Los efectos derivados del incumplimiento obligacional.
- Garantías legales y contractuales sobre cosas muebles no consumibles (por buen funcionamiento, por provisión de repuestos y servicio técnico, posventa y por vicios redhibitorios) y por la deficiencia en la prestación de servicios. La cuestión en el Código Civil y enla LDC.
- De la venta domiciliaria, por correspondencia y otras. Contratos comprendidos. El derecho al arrepentimiento y el plazo de reflexión. Realización de propuestas no requeridas que generen un cargo automático. Efectos
- Cláusulas abusivas. Caracterización. Efectos. Control administrativo y judicial. Enumeración enla LDCy en la normativa dictada por la autoridad de aplicación (Resolución 53/2003 dela Secretaríadela Competencia, al Desregulación y la Defensa del Consumidor). Cláusulas abusivas en algunas relaciones de consumo en particular: medicina prepaga, contrato de tarjeta de crédito, contratos bancarios, plan de ahorro previo, contrato de seguro.
- El principio rector en materia de interpretación de los contratos de consumo. Arts. 3 y 37 dela LDC.
- Operaciones de crédito y financiación para el consumo. El deber precontractual y contractual de información. Requisitos del contrato. Efectos de su omisión. Determinación de la tasa de interés a aplicar. Conexidad contractual. Improrrogabilidad de la competencia territorial. 
- Servicios Públicos Domiciliarios. Relación entre el usuario y el prestador del servicio. Integración de la legislación especifica yla LDC.Coexistenciade dos autoridades de contralor. Deberes de los prestadores: información al usuario ( condiciones de la prestación- derechos y deberes de ambas partes- condiciones de seguridad de las instalaciones-eventuales deudas impagas). Reciprocidad en el trato. Responsabilidad de la empresa prestadora por deficiencias en los servicios.
- Responsabilidad por daños. Daños causados por vicio o riesgo de la cosa o por la prestación del servicio. Legitimación activa. Legitimación pasiva. Naturaleza de la acción emergente del art. 40 dela LDC. Diferenciascon otras acciones. El factor de atribución y las eximentes de responsabilidad. Régimen de la carga de la prueba. Prescripción. Los riesgos de desarrollo. Noción y requisitos. El riesgo de desarrollo como eximente de responsabilidad. Estado Actual en nuestro derecho.
- Daño directo. Concepto. Su reparación en sede administrativa: perspectiva constitucional. Repercusión respecto de la reparación plena.
- Daño punitivo: Concepto. Recepción en el art. 52 bis dela LDC.Parámetrosa considerar para la graduación de su monto. Interpretación respecto a la aplicación del límite máximo del monto en los supuestos de daños masivos.
- Procedimiento Administrativo: Sanciones. Graduación. Recurribilidad. Prescripción.
- Acciones Judiciales. Legitimación activa. Representación. Competencia: contrataciones privadas y contrataciones de servicios públicos. Prueba. Distintas vías para ejercer las acciones del art. 52 dela LDC: proceso de conocimiento, amparo, medida autosatisfactiva, procesos grupales. Acciones de incidencia colectiva: intereses de incidencia colectiva e intereses individuales homogéneos. La transacción como modo de extinción de la acción colectiva. La cosa juzgada. Ejecución de la sentencia en cuestiones de contenido patrimonial.
- Asociaciones de consumidores. Legitimación para accionar: en defensa de sus propios intereses, en defensa del derecho subjetivo individual de un consumidor, para interponer acciones colectivas en defensa de intereses individuales homogéneos, para interponer acciones colectivas en defensa de intereses difusos. Autorización para funcionar. Objeto social. Prohibiciones. Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores.
- Arbitraje de consumo. El sistema nacional de arbitraje. Objeto y supuestos excluidos. Formas de adhesión al sistema. Convenio arbitral. Procedimiento. Consecuencias por el incumplimiento del laudo.
- Contrato de medicina prepaga y protección del consumidor. Caracteres del contrato. Normativa aplicable. Obligaciones a cargo del proveedor. Obligaciones del adherente al sistema. Principales conflictos en materia de medicina prepaga: periodos de carencia, enfermedades preexistentes, extensión de la cobertura, modificación unilateral del precio convenido.
- El contrato de seguro y protección del consumidor. El contrato de seguro como contrato de adhesión. El contrato de seguro como contrato de consumo, supuestos excluidos. La LDCy la extensión de la protección al tercero en el seguro contra la responsabilidad civil. Aplicación de la ley de defensa de los consumidores y usuarios al contrato de seguro, interpretación, deber de información, cláusulas abusivas, daño directo, daños punitivos, prescripción.
- Sistema de Resolución de Conflicto en las Relaciones de Consumo. Ley 26.993. Creación del COPREC (Conciliación Previa en las relaciones de consumo).
- Jurisdicción administrativa. Reclamo de usuarios que no excedan el valor de 55 salarios mínimos ( $ 198.000). Instancia previa gratuita de COPREC. Multa a las empresas (1 salario mínimo $ 3600).
- Registro de Conciliadores de Consumo. Normas de procedimiento. Formalización del reclamo. Designación del conciliador. Notificaciones. Audiencias. Deber de Comparecencia personal. Acuerdo sometimiento a homologación. Acuerdo observado. Nuevo Acuerdo. Honorarios Conciliador. Conciliación sin acuerdo. Ejecución acuerdos homologados.
- Auditoria en las relaciones de consumo. Procedimiento ante a la auditoria de consumo. Resolución. Apelación resolución del auditor ante Cámara Nacional de Apelaciones en Relaciones de Consumo o la Cámara Nacional de Apelaciones correspondiente.
- Justicia Nacional en las Relaciones de Consumo. Se crean 8 Juzgados con una secretaria cada uno de ellos. Se crea la CámaraNacionalde Apelaciones en las Relaciones de Consumo. Integración 6 vocales, 2 Secretarias en dos Salas. Normas Procesales.


Inicio: Martes 24 de febrero de 2015.
Finaliza: Jueves 19 de marzo de 2015.

Modalidad: presencial
Días y horarios de cursada: Martes y Jueves de 9:30 a 13:30 hs.
30 (Treinta) horas totales de cursada.
Duración: 1 (un) mes. 7 (siete) clases de 4 (cuatro) horas de duración cada una y una clase final de 2 (dos) horas.
Costo: arancel total de pesos setecientos cincuenta ($750), en un único pago, en oportunidad de la inscripción, abonándose al momento de la inscripción y previo al inicio del curso. Sin pago de matrícula en concepto de inscripción.
Lugar de cursada: Escuela de Posgrado Juncal 931 Capital Federal.


Para más información:



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