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domingo, 17 de julio de 2016
martes, 12 de julio de 2016
QUÉ BIEN ESTUVIMOS... - MERCOSUR 25 AÑOS
Estimad@s colegas,
Buenas tardes.
Queremos compartirles algunas imágenes de ayer.
Agradezco a Robert Cassano Reguera no sólo por el envío de las imágenes, sino por la presentación de lujo que hizo y los aportes más que atinados.
Un cordial abrazo.
Damián R. Pizarro
Buenas tardes.
Queremos compartirles algunas imágenes de ayer.
Agradezco a Robert Cassano Reguera no sólo por el envío de las imágenes, sino por la presentación de lujo que hizo y los aportes más que atinados.
Damián R. Pizarro
domingo, 10 de julio de 2016
MERCOSUR 25 AÑOS: ¿HAY QUE FESTEJAR?
Robert Cassano Reguera
- Ingeniero Comercial, Licenciado en Administración de Empresas y Gestión, y Abogado por la UNA (Universidad Nacional de Asunción).
- Especializacion para la Funcion Judicial - (Escuela Judicial - Consejo de la Magistratura).
- Egresado del Instituto de Altos Estudios Estrategicos - Ministerio de Defensa Nacional. IAEE - MDN.
- Estudiante de 4to año de la Carrera de Arquitectura de la Universidad Americana.
- Estudiante de la modalidad intensiva, en los cursos para el Doctorado de la Facultad de Derecho UBA (Derecho Civil).
Damián Rodrigo Pizarro
- Abogado, especialización en Derecho Público Internacional, graduado en la Facultad de Derecho, UBA.
- Docente universitario en las Facultades de Derecho y Ciencias Económicas, U.B.A.
- Docente universitario en Centro Universitario Devoto - SPF, Facultad de Derecho, UBA.
- Auxiliar docente en la Facultad de Derecho, Universidad de Lomas de Zamora.
- Profesor invitado en la Escuela de Abogados del Estado (E.C.A.E.), Procuración del Tesoro de la Nación.
- Estudiante de la modalidad intensiva, en los cursos para el Doctorado de la Facultad de Derecho UBA (Derecho Constitucional).
- Miembro Asociado de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional y de la Asociación de Estudios de Integración.
- Editor de contenidos de obras jurídicas en Thomson Reuters La Ley.
- Profesor invitado y conferencista internacional.
viernes, 8 de julio de 2016
sábado, 2 de julio de 2016
REFLEXIONAR... SOBRE EL MERCOSUR - EXPONEMOS EN DERECHO (UBA)
Estoy firmemente convencido que la mayoría de los pueblos del mundo prefiere vivir en paz y en seguridad, el deseo de paz de la humanidad sólo puede convertirse en realidad mediante la creación de un gobierno mundial.
Albert Einstein
miércoles, 30 de marzo de 2016
martes, 19 de enero de 2016
jueves, 8 de enero de 2015
PRIMERAS SESIONES DE VERANO - DIALOGANDO DESDE EL SUR (DCHO-UBA)
Estmad@s colegas,
Buen día.
Acompaño info de las primeras sesiones del año de Dialogando desde el Sur en la Facultad de Derecho.
Saludos,
DRP
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ACTIVIDAD ACADÉMICA,
CONFERENCIA EN DERECHO (UBA),
DAMIÁN PIZARRO,
DIALOGANDO DESDE EL SUR,
FACULTAD DE DERECHO,
PIZARRÓN JURÍDICO,
UBA
lunes, 15 de diciembre de 2014
PRIMERAS SESIONES DDS - ENERO 2015
Estimad@s colegas,
Buen día.
Compartimos con Uds., los avisos de sesiones de Dialogando desde el Sur que se desarrollarán en Enero del año próximo.
Seguramente, nuestros colegas del doctorado intensivo estarán participando y colaboramos desde aquí con nuestra difusión.
Un ciclo del cual tuvimos la posibilidad de participar en varias ocasiones como expositores y asistentes.
Los saludamos muy cordialmente, buena semana.
Damián R. Pizarro
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jueves, 28 de agosto de 2014
METODOLOGÍAS ACTIVAS EN DDS - CON FERNANDA LAGE
Estimad@s colegas,
Buen día
Siendo hoy un día de "paro" en nuestro país, continuamos pregonando algunos mensajes que pueden ser de interés para Uds., nuestra ultima participación en el Dialogando desde el Sur.
Siendo hoy un día de "paro" en nuestro país, continuamos pregonando algunos mensajes que pueden ser de interés para Uds., nuestra ultima participación en el Dialogando desde el Sur.
Con Uds., la nota publicada en la página oficial de la Facultad de Derecho (UBA), llamada Derecho al Día.
Ciclo de conferencias “Dialogando desde el Sur”
Como se viene dando los últimos años, el Ciclo de conferencias “Dialogando desde el Sur” se ha establecido como un espacio de trabajo e intercambio de experiencias entre académicos de cuatro continentes en pos de generar conocimiento, nuevas perspectivas y escenarios. Durante julio y agosto se han realizado cinco provechosos encuentros bajo distintas temáticas, con conferencias, debates y presentaciones de libros. La actividad fue coordinada por el director del Departamento de Ciencias Sociales y de la Modalidad Intensiva de Cursos para el Doctorado, profesor Ricardo Rabinovich-Berkman.
Encuentro inaugural del ciclo
El 23 de julio el ciclo inició con las palabras del profesor Ricardo Rabinovich-Berkman, quien recordó que el ciclo comenzó en 2009 y que es único en el mundo porque participan personas de cuatro continentes trabajando juntos. Organizaron el Departamento de Ciencias Sociales y el Departamento de Posgrado.
La jornada contó con la conferencia “Consumismo, educación para el consumo y medio ambiente”, a cargo de Jose Augusto Peres Filho (Brasil), y con la presentación de Bernardo Fabián Santos(Argentina). Peres Filho remarcó la importancia de tener conciencia de lo que se consume y, en ese sentido, indicó que existe el consumo racional o saludable, por un lado, y el consumo patológico, por el otro. “El consumismo que está en el medio (de ambas tendencias) se hace presente en nuestro día a día con mucha frecuencia. El consumismo considerado como impulsivo, causado por una irracionalidad y por una emoción de momento y delante de necesidades que no existen o totalmente artificiales”, remarcó. En la misma línea, entendió que la felicidad que produce el consumo es efímera.
En relación con el concepto de caducidad planificada de los bienes, el expositor afirmó: “Vivimos en una economía del engaño que apuesta a nuestra irracionalidad”. Advirtió que los productos duran cada vez menos pero el plazo de degradación en el medio ambiente no se acorta.
Seguidamente, se realizó la presentación del libro “La corresponsabilidad del estado y sus efectos penales según la ley de infancia y adolescencia”,de Diana M. Moreno Briceño (Colombia). La autora manifestó que el interés de escribir el libro proviene del profundo convencimiento de la necesidad de revisar los efectos que plantea en su aplicación la ley de infancia y adolescencia vigente en Colombia desde el año 2006. “Esta legislación plasma su filosofía y enfoque jurídico en la teoría de la protección integral”, describió Moreno Briceño. En este sentido, para que dicha protección integral pueda darse de una forma efectiva y se materialice, se estipula la importancia y trascendencia de la responsabilidad solidaria, permanente y conjunta en cabeza de la familia, la sociedad y el Estado.
Luego, se presentó la obra “Comprensión y justificación de la responsabilidad extracontractual”, deDiego M. Papayannis (España). La profesora Isabel González Nieves repasó algunos de los temas que aborda la obra e indicó que se trata de un libro que enriquece el mundo jurídico con un aporte original en el estudio conceptual de la responsabilidad civil desde el análisis económico y filosófico. Por su parte, Diego M. Papayannis explicó respecto de su interés por el análisis económico del derecho de daños: “Me generaba sensaciones encontradas: por un lado, me parecía un discurso muy atractivo, preciso, analítico; pero, por otra, le veía escaso valor desde el punto de vista normativo (…) Desde el punto de vista explicativo, también le veía muchas deficiencias: no es la eficiencia lo que explica la responsabilidad extracontractual, sino los principios de justicia correctiva y justicia distributiva”. En este sentido, el autor se cuestionó cómo puede parecerle valioso estudiar y enseñar una teoría que considera incorrecta. “Creo que esta fue la perplejidad que disparó la investigación”, entendió Papayannis. Por último, expuso las tesis principales defendidas en el libro sobre los fundamentos normativos de la responsabilidad extracontractual.
Enfoques socio-jurídicos internacionales
Con la organización del Departamento de Ciencias Sociales y el Departamento de Posgrado, el 25 de julio se desarrollaron tres conferencias: las primeras dos orientadas a los enfoques socio-jurídicos internacionales y la restante referida a la conciliación. Las mismas fueron coordinadas por la profesoraIsabel González Nieves.
En primer lugar, Diana Patricia Restrepo Ruiz (Colombia) presentó a Henrique Rabello de Carvalho(Brasil), quien expuso sobre “El Derecho Internacional de los Refugiados y la población LGBT”. El disertante recordó que en la definición de “refugiado” recogida en el artículo 1º de la Convención de Ginebra se incluye a las personas que por temor a ser perseguidas por pertenecer a determinado grupo social u opiniones públicas se encuentran fuera del país de su nacionalidad y no puedan, a causa de dichos temores, acogerse a la protección de tal país. “Intentamos coordinar la definición de pertenencia a un grupo social específico con derecho LGBT”, explicó Rabello de Carvalho. Asimismo, reconoció que muchas veces los Estados no aceptan formar parte de convenciones por cuestiones morales o religiosas.
Seguidamente, Antônio Jolima (Angola) presentó a Eugênia da Conceição Ramos (Cabo Verde), cuya exposición trató sobre “Amilcar Cabral, fundador del Partido Africano para la Independencia de Guinea y Cabo Verde”. La oradora repasó la historia de Amilcar Cabral, quien estudiaba en Cabo Verde y viajó a Lisboa para concluir sus estudios como ingeniero agrónomo. Su objetivo era terminar con el hambre en su país, Guinea-Bissau. Pero en 1973 fue asesinado en su tierra natal y nunca se supo quien fue el culpable.
Por último, Josefa Florencio do Nascimento (Brasil) disertó sobre “La conciliación judicial y la conciliación emocional”. La presentación estuvo a cargo de Patricia Alejandra Ríos Rojas (Chile). La disertante afirmó que la conciliación judicial no se preocupa de la satisfacción y la pacificación de las partes litigantes. “En la cabeza de las personas se debe colocar la importancia de la audiencia de conciliación, es importante que las partes entren a la sala de audiencia desarmadas para aceptar y oír a la parte contraria”, subrayó. En este sentido, para que suceda una conciliación, debe haber una pacificación y una satisfacción. La expositora abogó por la idea de que cuando se realiza un acuerdo, debe haber una conciliación emocional. “Las empresas están contratando conciliadores para que en el caso de que haya problemas con los clientes no se llegue al poder judicial y se intente resolver pacíficamente mediante la conciliación”, describió. Esto se debe a que las empresas tienen la intención de continuar tratando con sus clientes.
Diálogos sudamericanos
La tercera sesión del ciclo, realizada el 30 de julio, fue organizada por el Departamento de Ciencias Sociales y el Departamento de Posgrado.
En primer término, se desarrolló la conferencia “Daños por productos elaborados”, a cargo deHumberto Zechlisnki Xavier de Freitas. Analía Noelia Antola Guggiari (Paraguay), por su parte, realizó la presentación y coordinó el debate. Durante su disertación, Humberto Zechlisnki Xavier de Freitas explicó que en Brasil se considera “accidente de consumo” cuando el producto es defectuoso, es decir, cuando presenta un problema en su fabricación o presentación, y cuando causa daño a pesar de haber sido utilizado en forma correcta a quien lo está utilizando o a un tercero. Del mismo modo, afirmó que el derecho de consumidor argentino toma en consideración el derecho brasilero y también el derecho europeo. Además, reconoció que en América Latina, a comparación con otros países, se viene planteando el tema del accidente de consumo con lentitud.
Seguidamente, se desarrollaron dos disertaciones sobre “Metodologías activas de enseñanza en Brasil y Argentina”, a cargo de Fernanda de Carvalho Lage (Brasil) y Damián Rodrigo Pizarro (Argentina). Presentó Juan Carlos Bermúdez López (Ecuador), quien llamó a no quedarse estancados en ciertas políticas de enseñanza, sino intentar obtener los medios más idóneos a fin de compartir los conocimientos.
Fernanda de Carvalho Lage declaró que la idea de la aplicación de la metodología activa es realizar una transformación en el modo de enseñar Derecho, para que el alumno deje de ser un mero espectador y pase a ser el protagonista del aprendizaje. Para esto, existen varias metodologías activas. En este sentido, de Carvalho Lage presentó una metodología denominada peer instruction. “El profesor, antes de la clase, provee al alumno de un material para una lectura previa (…) El alumno realiza esa lectura previa y llega a la clase con conocimientos sobre la materia”, explicó. De esta manera, el alumno no precisa del profesor para entender conceptos básicos. “La función del profesor es profundizar, problematizar y poner los conceptos en práctica”, agregó. La segunda fase de la metodología es la actividad en pares, donde los alumnos intentan resolver problemas. En caso de ser necesaria, la tercera fase implica explicar el tema para los alumnos, nuevamente, y verificar si se comprendieron las temáticas.
Por su parte, Damián Pizarro manifestó que como docente existe la obligación de incorporar capacitaciones y metodologías. En este sentido, explicó que los métodos y las modalidades no pueden ser rígidos. “Si uno se mantuviera dando clases siempre de la misma materia, que sea rígida y no tenga variaciones, tal vez el método clásico de enseñanza (…) sería suficiente. Con el paso avasallante de la tecnología, y los avances la jurisprudencia, doctrina o de la misma legislación, nos damos cuenta de que lo que damos hoy mañana puede estar desactualizado”, resaltó. Respecto a la tecnología, mencionó que ofrece la posibilidad de mantenernos actualizados y reducir diferencias espaciales e incluso tiempos. “Eso, en principio, puede ser un abundamiento de información y poco tiene que ver con la eficacia que buscamos como docentes (…) Tal vez es mucha información que está flotando”, advirtió. Así, manifestó que el rol del docente puede cambiar. Cuando el listado de bibliografía de una materia incluye textos que están disponibles, el rol del docente pasa a ser el de casi un tutor, porque no tiene la mera función de indicar textos y tomar un examen, sino que es “de tracto sucesivo, durante toda la enseñanza”.
Sociedad, Estado y Constitución
El 31 de julio el eje temático fue Sociedad, Estado y Constitución, y en este marcotuvo lugar la conferencia “La reforma constitucional en Ecuador”, a cargo de María Paula Romo Rodríguez(Constituyente y Diputada, Ecuador) y la presentación del libro “Temas de Teoría del Estado”, 2° edición, del profesor Jorge O. Bercholc. Organizaron el Departamento de Ciencias Sociales, el Departamento de Posgrado y el Departamento de Derecho Público I.
De manera introductoria, el profesor Ricardo Rabinovich-Berkman sostuvo que uno de los aspectos jurídicos donde los latinoamericanos se han mostrado más creativos es el constitucional. Tras la presentación de Juan Pablo Morales Viteri, María Paula Romo Rodríguez remarcó que el cambio constitucional que se viene planteando en Ecuador es “mucho más rápido e inesperado que el resto de la historia podría decirnos”. La expositora explicó que la Constitución ecuatoriana ya experimentó una reforma en el año 2011, que fue una consecuencia de la intención del gobierno ecuatoriano de intervenir en la justicia. Por otra parte, comunicó que existen tres mecanismos para modificar la Constitución, los cuales dependen del contenido que se plantee para la reforma: la enmienda, la reforma o la Asamblea Constituyente. “La enmienda es el mecanismo más sencillo, la Constitución puede ser enmendada a través del Poder Legislativo”, describió. Los temas que pueden tramitarse mediante la enmienda no tienen que estar vinculados con la estructura o los elementos constitutivos del Estado, el establecimiento de derechos o garantías o el procedimiento de reforma de la Constitución. En relación con la Corte Constitucional, la expositora sostuvo que el primer paso es que la Corte realice un dictamen de procedimiento, previo al primer debate que realice la Asamblea Nacional. “La Corte debe dictaminar que la enmienda es el procedimiento adecuado (…) La Corte aún no se pronuncia”, puntualizó.
En la presentación del libro de Jorge O. Bercholc, Martín Aldao destacó el segundo capítulo, donde se analizan profundamente la ley de residencia y la ley de represión de actividades comunistas. “Ese recorrido, sobre cómo la Corte Suprema termina llevando a la práctica esos mandatos políticos que están en las leyes, me parece sumamente interesante y provechoso”, expresó. Además, resaltó que se traten temas tales como la calidad institucional, la opinión pública y la integración regional.
Por su parte, Jorge Bercholc remarcó que la presentación del libro se haya realizado en este ciclo: “No tenemos la real dimensión de la importancia de este espacio académico”. Consideró que se trata de un ámbito de integración y que genera condiciones para producir conocimiento científico que permite crear perspectivas y recomendaciones a las instituciones académicas. Entendió que los juristas son quienes tienen la mejor formación para realizar análisis jurídicos-institucionales y sobre producción, eficacia y efecto de las normas, pero suelen carecer de formación metodológica y, en algún caso, epistemológica, para detectar nuestros objetos de estudio y el modo de abordarlo, no desde lo normativo, sino observando todo el contexto que hace al mundo de lo jurídico.
Problemáticas compartidas
El último encuentro del ciclo se realizó el 7 de agosto y organizado en esta ocasión por el Departamento de Ciencias Sociales y el Departamento de Posgrado. Coordinó el profesor Ignacio Tedesco.
El primer panel “El futuro de la familia o la familia del futuro: un análisis desde los libros ‘La posibilidad de una isla’ y ‘Los cuerpos del verano’” estuvo a cargo de Federico G. Piedras Quintana(Argentina), quien expresó que en “La posibilidad de una isla”, el autor Michel Houellebecqrealiza un planteo de sociedad post humana, es decir, que vendría después de lo humano a partir de lo humano mismo. Por el otro lado, en “Los cuerpos del verano”, de Martín Felipe Castagnet, se proyecta lo que va a suceder en una sociedad dentro de 150 años en Buenos Aires. Así, el expositor explicó que la gran idea que está detrás de la novela es la posibilidad de una inmortalidad, que ya no tiene que ver con el cuerpo en sí, sino con la conciencia. En lo que respecta a la novela de Houellebecq, manifestó que lo que se propone, en base a partir de la política sobre los cuerpos, es una sociedad post capitalista. Finalmente, analizó que en la obra de Castagnet, los cuerpos dejan de ser un reparo para sociabilizar, y básicamente demuestra que hay una posibilidad de que un cuerpo no sea lo que defina la identidad de una persona.
Luego, Ricardo Garzón Cárdenas abordó “Terrorismo ¿Una entidad que puede comprometer la responsabilidad del Estado?”, en donde manifestó que el problema no radica en lo que nosotros llamemos o no terrorismo, sino si existen los supuestos con los que debe contar el juez para determinar una condena al Estado. Las tesis que admiten la construcción del rótulo de responsabilidad del Estado por acto de terrorismo parten de la base de tomarse en serio el término terrorismo. Los más optimistas derivan de la ocurrencia de un hecho catalogado como terrorista, sin consideraciones adicionales, la declaración de la responsabilidad. Otros reconocen en el acto terrorista una entidad, que si bien no activa por sí misma la responsabilidad del Estado, si sirve para la descripción de algunas hipótesis en las cuales el Estado debe responder. Respecto del primer aspecto: “pareciera que la intención de que el Estado responda por los daños ocasionados por acto de terrorismo obedeciera la interpretación del nuevo orden constitucional que surge a partir de 1991”, evocó. De esta manera, indicó que los principios constitucionales erigen un nuevo orden en materia de responsabilidad y lleva a que el Estado deba responder por daños que antes no le eran imputables. En cuanto a la segunda postura, sobre la responsabilidad del Estado por acto de terrorismo, señaló que es una pura cuestión terminológica, pero que implica una contradicción, debido a que no se puede denostar la precisión del término terrorismo, porque esta postura expresa que no basta el término, sino que se necesitan otras cosas.
Por último, André Lui Albuquerque expuso sobre “Movimiento constitucionalista, democracia directa y Constitución en Brasil”. Describió que en Brasil hay 26 estados miembros y más de 5.800 municipios, todos ellos gozando de autonomía, la cual está limitada a la soberanía del Estado. “La autonomía tiene una triple capacidad: autogobierno, es decir, el ciudadano local tiene indicado sus propios representantes; autoadministración, de modo que cada ente federativo puede administrar de forma libre; y auto-organización”, enunció. Hacia el final, expresó que la Constitución Federal en Brasil adoptó un régimen de gobierno denominado democracia, por ende, hay una intervención directa del pueblo en las decisiones políticas del Estado.
Ahora acompaño unas fotos que orgullosamente mostramos con Fernanda Lage.
Un saludo cordial,
Damián R. Pizarro
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jueves, 17 de julio de 2014
HABLAMOS DE METODOLOGÍAS DE ENSEÑANZA - DDS 2014
Estimad@s,
Buen día.
Como adelantamos, acompañamos la información referente a la actividad que participaremos con la colega de Brasil, Fernanda de Carvalho Lage, sobre Metodologías Activas de Enseñanza en Brasil y Argentina.
Espero contemos con la presencia de aquellos que pudiere interesarles.
Saludos cordiales.
El Pizarrón Jurídico
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lunes, 14 de julio de 2014
CONFIRMAMOS PRESENCIA EN DIALOGANDO DESDE EL SUR - EDUCACIÓN Y TECNOLOGÍAS
Estimad@s,
Buen día.
Nos alegra poder informar que estaremos en el próximo Ciclo de conferencias “Dialogando desde el Sur”
Con extremo agradecimiento a las autoridades y participantes, compartiremos el espacio con colegas y amigos.
Los esperamos.
Buen día.
Nos alegra poder informar que estaremos en el próximo Ciclo de conferencias “Dialogando desde el Sur”
Con extremo agradecimiento a las autoridades y participantes, compartiremos el espacio con colegas y amigos.
Los esperamos.
Ciclo de conferencias “Dialogando desde el Sur”
Viernes 25 de julio de 2014 de 18 a 21 hs. en el Salón Verde
Expositores:
- Diana Patricia Restrepo Ruiz (Colombia)
- Eugênia da Conceição Ramos (Cabo Verde)
- Jailos João Barros ES (Angola)
- Josefa Florencio do Nascimento (Brasil)
- Patricia Alejandra Ríos Rojas (Chile)
Coordinación:
- Isabel González Nieves
Organizan:
- Departamento de Ciencias Sociales
- Departamento de Posgrado
Miércoles 30 de julio de 2014 de 18 a 21 hs. en el Salón Verde
Expositores:
- Humberto Zechlisnki Xavier de Freitas (Brasil)
- Analía Noelia Antola Guggiari (Paraguay)
- Fernanda de Carvalho Lage (Brasil)
- Damián Rodrigo Pizarro (Argentina)
- Juan Carlos Bermúdez López (Ecuador)
- Augustus Marinho Bilac (Brasil)
- Jorge Zevallos-Quiñones Pita (Perú)
Coordinación:
- Andrea Gastrón
Organizan:
- Departamento de Ciencias Sociales
- Departamento de Posgrado
- Departamento de Derecho Público I
Jueves 31 de julio de 2014 de 18 a 21 hs. en el Salón Azul
Expositores:
- Jorge Bercholc (Profesor de Derecho Político, UBA)
- María Paula Romo Rodríguez (Constituyente y Diputada, Ecuador)
- Juan Pablo Pozo Bahamonde (Ecuador)
- Raúl Gustavo Ferreyra (Profesor de Derecho Constitucional, UBA)
Coordinación:
- Ricardo Rabinovich-Berkman
Organizan:
- Departamento de Ciencias Sociales
- Departamento de Posgrado
- Departamento de Derecho Público I
Actividad libre y gratuita. Se otorgarán certificados de asistencia
Más información:
Departamento de Ciencias Sociales
Facultad de Derecho (UBA)
Av. Figueroa Alcorta 2263, Primer Piso
Horario: lunes a viernes de 10 a 20 hs.
Tel.: (5411) 4809-5621
E-mail: dciensoc@derecho.uba.ar
Departamento de Ciencias Sociales
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Av. Figueroa Alcorta 2263, Primer Piso
Horario: lunes a viernes de 10 a 20 hs.
Tel.: (5411) 4809-5621
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Algunas imágenes de los últimos DDS que participamos:
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jueves, 17 de abril de 2014
PASAMOS REVISTA: DERECHO AL DÍA
Estimad@s de siempre,
Buenas tardes.
En este "Jueves Santo", una jornada para estar con las familias, en el seno de nuestras casas, y por qué no... Leer un poco de doctrina jurídica por la web!
Como ya adelantamos, les acompañamos un abstract que publicó Derecho al Día, la revista oficial de la Facultad de Derecho de la UBA (http://www.derecho.uba.ar/derechoaldia/notas/ciclo-de-actividades-academicas-dialogando-desde-el-sur/+5161).
Ciclo de actividades académicas “Dialogando desde el sur”
Durante los días 3 y 4 de abril se desarrolló en el Salón Azul el ciclo de actividades académicas“Dialogando desde el sur”. Las conferencias fueron coordinadas por el profesor Ricardo Rabinovich-Berkman, director de la modalidad internacional del Doctorado y del Departamento de Ciencias Sociales.
La primera sesión contó con la participación de Eliana Raffaelli Lopes, Damián Rodrigo Pizarro y el profesorRaúl Gustavo Ferreyra.
En primer término, el profesor Raúl Gustavo Ferreyrapresentó la obra “Instituciones de derecho político y electoral”,del profesor Alberto Dalla Via. Se refirió al libro de Dalla Via como un tratado moderno, escrito con la lengua del siglo XXI. Así, Ferreyra indicó que el primer tomo trata sobre la teoría del Estado y del Gobierno y sobre la teoría de la constitución; mientras que el segundo versa sobre el derecho político electoral. Puntualizó que en el capítulo 10 del tomo I “El nuevo Estado en el nuevo milenio” se destaca la necesidad de reafirmar el Estado y de construir y reconstruir el propio concepto de Estado. “Ya no es la lucha por el Derecho, es la lucha por el Estado”, remarcó. Concluyó la primera parte de su exposición explicando que en la actualidad hay una serie de valores que se han universalizado: los Derechos Humanos, el ambiente, la plena judiciabilidad de las cuestiones políticas, la descentralización y la fuerza normativa de la Constitución. Seguidamente, analizó la segunda parte del primer tomo, que versa sobre la teoría de la Constitución y las ramas de Derecho Constitucional, y enfatizó que en la obra de Dalla Via primero está el Estado y después la Constitución, por lo tanto, para que haya Constitución debe existir un Estado previamente. Para finalizar, examinó la tercera parte referida a la práctica constitucional. “Dalla Via propone bajar la Constitución”, resumió. De esta manera, Ferreyra explicó que bajar la Constitución es señalarle a cada uno de los ciudadanos y servidores públicos las necesidades de desarrollar y profundizar cada una de esas reglas para mantener la convivencia comunitaria.
En segundo lugar, tomó la palabra la estudiante Eliana Raffaelli Lopes, quien abordó “Repercusión general y sesgo político de la Suprema Corte del Brasil” y fue presentada por Antonia Elizabeth Nascimento Gomes. La expositora se propuso analizar la orientación política de las decisiones de la Suprema Corte del Brasil. Así, explicó que el control de constitucionalidad en Brasil es mixto: un control concentrado y un control difuso, realizado por los tribunales, jueces y por el Supremo Tribunal Federal por medio del recurso extraordinario. Manifestó el importante incremento de recursos extraordinarios que se produjo en los últimos años que se debió, entre otras causas, al nivel de detalle de la Constitución brasilera y a la intensidad de la producción legislativa. Frente a este problema, la solución que se encontró fue el instituto de la repercusión general. “La repercusión general implica comprobar que la materia del recurso tiene relevancia económica, social, política o jurídica, y que trasciende el interés de las partes”, advirtió Raffaelli Lopes. En cuanto a los juzgamientos de mérito, la oradora analizó que solo 41 fueron favorables a los intereses del gobierno federal y 36 desfavorables. “Lo que se puede concluir es que no se mostró el sesgo político en el Tribunal Federal, pero esto no quiere decir que no pueda existir porque hay un control concentrado de constitucionalidad y por la cuestión de la repercusión general”, opinó.
Damián Rodrigo Pizarro, docente de la Facultad de Derecho y de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA, habló sobre “Control de constitucionalidad en la doctrina de la Corte Argentina”. En primer lugar, señaló que la Constitución Argentina en su artículo 31 se ubica a sí misma y a las leyes de la Nación como la ley suprema de la nación, y que las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella. “Un acto del Estado siempre va a tener que conformarse a la Constitución”, entendió. A través de la Constitución, el Poder Judicial toma la función de controlar sobre la constitucionalidad de las leyes. Opinó que el control de constitucionalidad es jurisdiccional y solo alcanza a las partes, por ende, las disparidades de interpretación de la Constitución y su alcance pueden proveer cierta inseguridad jurídica. “La Corte Suprema no es un tribunal que esté por encima de todos, pero sus disposiciones tienen cierta fuerza”, argumentó. Seguidamente, analizó que es problemático que la justicia o un juez pueda expedirse sin que exista una petición de parte. En un principio, todo juez debe expedirse por aquello que se le pide, y se entiende que si el juez actúa por mero activismo sobre una norma realizando el control de constitucionalidad, estaría pasando por encima de la voluntades. Hizo mención al caso Marbury vs. Madison, en donde se produce el nacimiento del control de constitucionalidad de oficio. “Nace con el activismo judicial en su máxima expresión”, dijo. Del mismo modo, sucede en el caso Sojo de Argentina, el cual dice que es elemental en nuestra organización constitucional la atribución que tienen y el deber en que se hayan los Tribunales de Justicia de examinar las leyes en los casos concretos que se traen a su decisión, comparándolas con el texto de la Constitución para averiguar si guardan o no conformidad con esta, y abstenerse de aplicarlas si las encuentra en oposición con ella, constituyendo esta atribución moderadora uno de los fines supremos y fundamentales del Poder Judicial de la Nación y una de las mayores garantías de los derechos consignados en la Constitución, contra los abusos posibles e involuntarios de los poderes. En contraposición, en el año 2004, otra Corte fue limitativa de las atribuciones del Poder del Estado. La Corte entendió que si se dejaba avanzar al Poder Judicial sobre la voluntad de las partes se estaría desequilibrando uno de los principales pilares del ordenamiento republicano. Hacia el final de su exposición, afirmó que es importante que el control que ejerce la Corte sea a través de la petición de parte. “La Corte Suprema va a tener una carga política, que va a provocar que exista una fuerza de precedente mucho más fuerte que si fuera de otro tribunal inferior”, concluyó.
El segundo encuentro académico se desarrolló el 4 de abril y en esa oportunidad la jornada fue coordinada por la profesora Isabel González Nieves, subdirectora del Departamento de Ciencias Sociales. Participaron como expositores Irina Munhoz, Thales Ferri Schoedl y Neuribertson Monteiro Leite.
En primer término, Iriana Munhoz abordó el “Proyecto de ley brasileño sobre derechos de los trabajadores del sexo”. En este sentido, señaló que, a partir de un decreto, se está tramitando el proyecto de ley en el Congreso Nacional de Brasil. Munhoz explicó que en virtud de la evolución de las costumbres que se ha producido en la sociedad se hace necesario reglamentar los derechos y garantías de los trabajadores del sexo. A continuación, la oradora explicó los pormenores del proyecto, los cuales incluyen quienes están habilitados para realizar el trabajo, la forma de cobro y la diferenciación entre explotación y prostitución. Añadió que otra cuestión que trata el proyecto es la posibilidad de trabajar en cooperativas y la reglamentación del sistema jubilatorio.
Thales Ferri Schoedl habló sobre “Proyecto de Código Penal Brasileño: dolo directo y dolo eventual”. Uno de los puntos que analizó el expositor fue la regularización de ciertos principios que componen la tipicidad material. “En principio, no es posible excluir la tipicidad de esa conducta por el mero examen del tipo penal. Se paso a considerar la existencia de principios para efectivamente verificar si aquella conducta posee la lesividad para justificar la aplicación del referente penal”, describió. Destacó que es la primera vez que un Código Penal brasilero prevé la lesividad, que está íntimamente ligada al resultado jurídico. Por otra parte, resaltó que la gran novedad del Proyecto es que el juez puede reducir la pena hasta un sexto cuando el hecho haya sido practicado con dolo eventual. “Esto implica una ruptura de la tradición de nuestro derecho, ya que en el código anterior y en el código actual el legislador equiparaba las penas del dolo directo y el eventual”, concluyó Ferri Schoedl.
Por su parte, Neuribertson Monteiro Leite abordó “Criminalización de la tortura en el Brasil”. En su exposición, se refirió a los conceptos históricos de tortura, la tortura en el ámbito internacional y, finalmente, a lo que dice la ley brasilera sobre la misma, su tipificación, su debate doctrinario a partir de esa ley, y la propuesta contenida en la reforma para insertar el crimen de tortura en el Código Penal. Al referirse al ámbito internacional, Monteiro Leite mencionó la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos Crueles o Penas Crueles, la cual define la tortura. “Recién en 1997 se aprobó la Ley de Tortura en Brasil, la cual fue criticada por considerar a la tortura como un crimen común practicado por cualquier persona y no como un crimen propio de los agentes públicos”, recordó.
Un abrazo,
miércoles, 9 de abril de 2014
EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD EN LA DOCTRINA DE LA CORTE ARGENTINA - DDS
Estimad@s colegas,
Buenas noches.
Por este medio les hago llegar algunas observaciones realizadas sobre el derecho local en la conferencia DIALOGANDO DESDE EL SUR, del 3 de abril de 2014.
Un panel conformado por la Dra. María Paula Romo, Damián R. Pizarro y el Dr. Ricardo Rabinovich-Berkman, en el salón azul, de la Facultad de Derecho, UBA.
Un panel conformado por la Dra. María Paula Romo, Damián R. Pizarro y el Dr. Ricardo Rabinovich-Berkman, en el salón azul, de la Facultad de Derecho, UBA.
Un resumen para sabe...
NORMATIVA NACIONAL
•
(Supremacía Constitucional) ART. 31, CN.
•
(Control de Constitucionalidad Judicial) ART. 116
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
•
(admisorio) POSITIVOS / NEGATIVOS
•
(org. jud.) DIFUSO /
CONCENTRADO / MIXTO
•
(org. jud) LEGISLATIVO /
EJECUTIVO / ELECTORAL
•
(p) JURISDICCIONAL /
POLITICO
•
(lim. E) NACIONAL / INTERNACIONAL
•
(form) LETRADOS
/ LEGOS / MIXTOS
•
(mo) REPARADOR
•
(Imp) ABSTRACTO
•
(leg. act) AMPLIO
•
(ef. dec)
INTER PARTES
•
(efe. temp) EX NUNC
•
(ini) A PEDIDO DE
PARTE / DE OFICIO
EJERCICIO DEL CONTROL
• POR VIA DE EXCEPCIÓN: COMO RECURSO O DEFENSA
AL INICIAR O CONTESTAR UNA DEMANDA, O DEMANDA INCIDENTAL DE
INCONSTITUCIONALIDAD).
• POR VIA DE ACCIÓN: (COMO VIA DIRECTA O DE
PRINCIIPIO, AMPARO, HABEAS
CORPUS, HABEAS DATA Y ACCION DECLARATIVA).
DESARROLLO JURISPRUDENCIAL
(Antecedentes en Derecho Comparado)
•
“Bonham” (1610 – Inglaterra)
•
“Marbury vs. Madison” (1803 –
EEUU)
(Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina)
•
“Sojo” (1887)
•
“Banco Comercial de
Finanzas S.A.” (2004)
•
“Rodríguez Pereyra” (2012)
SOJO
“…es elemental en nuestra
organización constitucional, la atribución que tienen y el deber en que se
hallan los Tribunales de Justicia, de examinar las leyes en los casos concretos
que se traen a su decisión, comparándolas con el texto de la Constitución para
averiguar si guardan o no conformidad con ésta, y abstenerse de aplicarlas, si
las encuentran en oposición con ella, constituyendo esta atribución moderadora,
uno de los fines supremos y fundamentales del poder judicial nacional y una de
las mayores garantías con que se ha entendido asegurar los derechos consignados
en la Constitución, contra los abusos posibles e involuntarios de los poderes
Públicos…”.
BANCO COMERCIAL DE FINANZAS
“Es elemental en nuestra
organización constitucional, la atribución que tienen y el deber en el que se
hallan los tribunales de justicia, de
examinar las leyes en los casos concretos que se traen a su decisión,
comparándolas con el texto de la Constitución para averiguar si guardan o no
conformidad con ésta, y abstenerse de aplicarlas, si las encuentran en
oposición con ellas… Como el control de constitucionalidad versa sobre una cuestión
de derecho y no de hecho, la potestad de los jueces para suplir el derecho que
las partes no invocan erradamente — trasuntando el antiguo adagio iura novit
curia— incluye el deber de mantener la supremacía de la Constitución —art. 31—
aplicando en caso de colisión de normas,
la de mayor rango, vale decir, la
constitucional y desechando la de rango inferior… no puede verse en el
control oficioso de constitucionalidad la creación de un desequilibrio de
poderes a favor del Judicial y en mengua de los otros dos, ya que si la
atribución en sí no es negada, carece de consistencia sostener que el avance sobre los otros poderes no se produce
cuando media petición de parte y sí cuando no la hay”.
RODRIGUEZ PEREYRA
“La
admisión de la posibilidad de declarar la inconstitucionalidad de oficio no
puede verse la creación de un desequilibrio de poderes a favor del Judicial y
en mengua de los otros dos, pues si la atribución en sí no es negada, carece de
consistencia sostener que el avance sobre otros poderes no se produce
cuando media petición de parte y sí
cuando no la hay”.
PARTICIPANTES
Presentación: María Paula Romo, ecuatoriana. abogada, docente
universitaria, política. Asambleísta constituyente en el año 2007. Luego
legisladora por un periodo de cuatro años (hasta el 2013). A partir de julio
2013, decana de la facultad de jurisprudencia de la Universidad Internacional
del Ecuador.
Disertación: Damián Rodrigo
Pizarro, argentino, abogado, docente universitario en la Facultad de Derecho y
en Ciencias Económicas (UBA). Abogado especializado en Derecho Público.
Cursante de Carrera Docente de Derecho y técnicas de enseñanza virtual. Editor
y coordinador editorial de contenidos bibliográficos en Editorial La Ley.
Alumno regular del curso intensivo de doctorado en la UBA, en Derecho
Constitucional.
Próximamente sumaré algunas indicaciones y observaciones enviadas por el Dr. Sergio I. Estrada Vélez, colega y amigo de Colombia, quien colaboró con la experiencia colombiana en el tema y jurisprudencia de la Corte Constitucional.
(PRÓXIMAMENTE, IMÁGENES DEL EVENTO)
http://pizarronjuridico.blogspot.com.ar/2014/04/pasamos-revista-derecho-al-dia.html
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