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martes, 3 de marzo de 2015

MAÑANA: BASES CONSTITUCIONALES - DIPLOMATURA (ECAE-PTN)

Estimad@s,

Buen día.

En el día de mañana estaremos desarrollando en la Escuela de Abogados de Estado el tema sobre Garantías Constitucionales, medios de acceso y Justicia Administrativa en la asignatura Bases Constitucionales del Proceso, perteneciente a la Diplomatura en Abogacía Estatal dictada por la Procuración del Tesoro de la Nación (ver programa completo aquí).

Para preciar más aún...


DEBIDO PROCESO CONSTITUCIONAL. GARANTÍA DEL DEBIDO PROCESO

Debido proceso “adjetivo” y “sustantivo”. El rango constitucional. Niveles de Protección. Derecho Comparado. Ámbito de validez del artículo 18 de la Constitución. Función de las normas procesales. Aplicación inmediata de las leyes procesales. Derecho a la jurisdicción. Tutela judicial efectiva. Perfil institucional del Juez. Acceso a la Justicia: Jurisprudencia del Sistema Interamericano de protección de Derechos Humanos. Privación de justicia. Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Prohibición del ejercicio de funciones judiciales por los poderes políticos. Requisitos para la validez de la jurisdicción administrativa. El acceso a la justicia en la jurisdicción contencioso administrativa. Base constitucional de los institutos procesales. Principio de igualdad procesal. Principio de justicia pronta. El derecho de defensa. Debido proceso en materia probatoria. Principios procesales de Clausura. Sentencia. Cosa juzgada y rol del estado.



Espero les sea de interés y utilidad.
Un cordial saludo.

Damián R. Pizarro


martes, 30 de diciembre de 2014

ÉTICA JUDICIAL - CARNOTA JURÓ COMO JUEZ

Estimad@s colegas,

Buen martes...

Previo al cierre de año, se me ocurrió hacer algunas menciones referidas a la "ética de los jueces", algo que se oye y discute cada vez más, pero por sobre todo se ubica sobre la mesa cada sentencia adversa o de inestable justificación, también atacada por la opinión pública y medios de comunicación.


"Los jueces deben ser (o tratar de aparentar que lo son), no diré hombres mediocres, pero sí hombres medios; ni aún en el pudor, cuando se es juez, hay que exagerar."
(Calamandrei, P., Elogio de los jueces escrito por un abogado, Bs. As., EJEA, 1956, pág. 305).

Para abordar el tema mencionado, podemos comenzar con dos distinciones relevantes.
La primera hace referencia a la necesidad de distinguir entre la rama de la filosofía, que se ocupa del estudio racional de la moral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir, y la ética como valoración, como sentencia sobre algo o alguien. Por otro lado, corresponde la separación de los conceptos respecto de su procedencia, ya que se entiende que es correcto diferenciar êthos, que significa ‘carácter’, de ethos, que significa ‘costumbre’, pues “ética” se sigue de aquel sentido y no es éste.

Y en cuanto a la labor de los jueces, Andruet en su libro sobre Códigos de Ética Judicial, "... afirmar que la existencia de algún conjunto de reglas éticas a las que los magistrados se encuentren impuestos; restringe, debilita o limita la independencia de ellos, sinceramente parece al menos, como una defensa precaria e ingenua...". (Andruet, A., Códigos de Ética Judicial, Bs. As., La Ley, 2008, pág. 3).

Cabe agregar, del mismo autor este comentario reflexivo:

"El Poder Judicial debe comenzar a tomar conciencia que el mismo poder que como tal se ejerce por los jueces en la sociedad civil, reconoce como balanceo inevitable en una sociedad políticamente democrática y moralmente pluralista, que ninguno de los que son Poder del Estado, puedan quedar eximidos a su propia conciencia del cumplimiento de un mínimo ético en cuanto se relacionan con la sociedad que es siempre causa eficiente de su misma existencia." (Ídem.).


Desde ya compartimos que deben los jueces atender a cuestiones de hecho y derecho, sin dejar de lado la ética en su accionar y el contenido de sus decisiones.


Enlazamos lo anteriormente mencionado con nuestro saludo y mejores deseos para el Dr. Walter Carnota, quien la semana pasada juró como Juez Federal de la Seguridad Social.

Como siempre sucede, que oímos que alguien, ante la pregunta "Jura por Dios, la Patria y los Santos Evangelios...", pronuncia "Sí, juro"... renovamos la esperanza como ciudadanos y encomendamos al Sr. Juez Carnota la noble tarea de hacer valer la justicia y nuestros derechos .

Acompaño algunas fotos de la jura...(*)



  
 
 


 








(*) Algunas imágenes enviadas por Cristina 
 


Espero les haya interesado el tema, un gran abrazo.

Damián R. Pizarro

martes, 23 de diciembre de 2014

JUEZ CARNOTA - NUEVOS NOMBRAMIENTOS

Estimad@s colegas,

Buen día.

En el día de hoy se llevarán a cabo las juras de nuevos jueces federales, defensores y fiscales.

El Dr. Walter F. Carnota jurará como Juez del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 3 (Para más información ver aquí: Web 1, Web 2). Acompañamos al doctor en este nombramiento y le deseamos éxitos en esta etapa que está por emprender.

Un saludo cordial,
Damián R. Pizarro





viernes, 12 de diciembre de 2014

IDP EN CURSO DE VERANO - CIENCIAS ECONÓMICAS (UBA)

Estimad@s,

Buenas tardes.

Tengo el agrado de informarles que estaremos con el curso de verano de Instituciones de Derecho Público, en la Facultad de Ciencias Económicas (UBA).

A partir del 16 de Diciembre trabajaremos con los alumnos en la modalidades virtual/a distancia e intensiva.


Espero contar con aquellos que tienen pendiente esta materia, CARNOTA-PIZARRO.

Un cordial saludo.

Damián R. Pizarro



domingo, 9 de noviembre de 2014

FELIZ DOMINGO PARA TODOS - UN POCO DE "RS" EN LA ECON2014

Estimad@s colegas,

Buen día.

Para acompañarlos en este domingo incandescente de Buenos Aires comparto con Uds., algunas reflexiones presentadas en la ponencia de la ECON 2014.


La temática del panel era EL ROL DEL ESTADO, y para adentrarme en el tema "El Estado y las Empresas", entendí debía comenzar con el concepto de Estado.

Durante nuestras clases de IDP lo definimos como el conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, poseyendo y conservando soberanía interna y externa sobre un territorio determinado. Cabe recordar a Max Weber, quien en 1919, definía al Estado moderno como una "asociación de dominación con carácter institucional que ha tratado, con éxito, de monopolizar dentro de un territorio la violencia física legítima como medio de dominación y que, a este fin, ha reunido todos los medios materiales en manos de su dirigente y ha expropiado a todos los funcionarios estamentales que antes disponían de ellos por derecho propio, sustituyéndolos con sus propias jerarquías supremas”.

Probablemente la definición más clásica de Estado, la que utilizamos y compartimos con los colegas de la exposición ese día, fue la usada por el jurista alemán Hermann Heller quien lo denominaba "unidad de dominación, independiente en lo exterior e interior, que actúa de modo continuo, con medios de poder propios, y claramente delimitado en lo personal y territorial". Asimismo, fue quien desarrolló el concepto y su evolución como el "Estado de Derecho", por el que se incluyen dentro de la organización estatal las atribuciones propias por el imperio de la ley y la división de poderes.


Renovadas obligaciones de los estados

No solamente los Estados, a través de sus gobiernos tienen atribuciones coercitivas, de intervención y de “regencia”. También debe entenderse que dentro de las responsabilidades del Estado debe comprenderse el “¿Cómo?” las funciones del mismo se llevan a cabo, no se limita a la valoración del ejercicio del poder a través de una autoridad estatal. También debe entenderse que en su gestión el Estado debe ser responsable, que ello no se agota con el cumplimiento de sus atribuciones conforme a la Ley y sus reglamentos, sino también teniendo un rol social como origen y meta de sus accionares. La responsabilidad social (RS) del Estado es un concepto que para muchos es redundante, ya que se sobreentiende que éste tiene un rol social constante. Sin embargo, es al amparo de esa creencia que el Estado descuida su rol social, y se estanca.


¿Qué es la RS?

La responsabilidad social es por decirlo así, la teoría ética o ideológica que una entidad (sea un gobierno, corporación, organización o individuo) tiene una responsabilidad hacia la sociedad. Como sabemos, esta responsabilidad puede ser “negativa”, significando que hay responsabilidad de abstenerse de actuar (actitud de “abstención”) o puede ser “positiva”, significando que hay una responsabilidad de actuar (actitud proactiva).

La RS del Estado tiene dos amplios ámbitos de acción. Por un lado, se encuentra su propia responsabilidad social, la que va mucho más allá de sus obligaciones, así como la de las empresas va mucho más allá del cumplimiento de la ley. Y por otro lado, se encuentra el papel que el sector público debe jugar en el desarrollo y fomento de la RS tanto de las empresas como de la ciudadanía.

En la medida que los Estados y gobiernos se auto-imponen metas de desarrollo económico, social y ambiental que van mucho más allá de sus funciones y de los requerimientos urgentes, es que no sólo cumplen con estos últimos, sino que están fortaleciéndose a sí mismos, generando una cultura de responsabilidad social que permea al resto de las instituciones y con esto, además, cumpliendo con el fomento de la RS.

Pudimos en la ponencia, deslizar algunos ejemplos de conductas responsables socialmente que pueden ser asumidas por el Estado o gobierno (algunas ya realizadas y con éxito):
- Disminuir la brecha entre los salarios máximos y mínimos de todo el aparato estatal;
- Aumentar la empleabilidad estatal a discapacitados;
- Establecer políticas ambientales sustentables al interior de los organismos públicos;
- Otorgar flexibilidad laboral a mujeres en edad fértil.


Las empresas también tienen responsabilidad social, se entiende que es la integración voluntaria a las preocupaciones sociales y ambientales en sus operaciones comerciales y en sus relaciones con sus interlocutores. Eso que "extralegal"  que necesitamos que las empresas también lleven a cabo.

Entendemos que no pueden ser decisiones aisladas, sino debe tratarse de eslabones dentro de una cadena global de RS.


El estado responsable y las empresas

Sobre el rol que le cabe al Estado, no sólo de su propia Responsabilidad Social, sino también en el fomento de la RSE, podemos instar a las autoridades a que, además de garantizar el crecimiento económico y competitividad para que las compañías puedan operar y fortalecerse.

Es el Estado quien puede llevar a cabo una política de impulso de la RSE a través del fortalecimiento de su rol fiscalizador para garantizar el cumplimiento de la legislación; la reducción de las oportunidades de corrupción y hacer más transparentes los procesos de licitación pública; la contribución al progreso económico, social y medioambiental para lograr un desarrollo sostenible; el incentivo a la capacitación; la entrega de estímulos para facilitar la adopción de prácticas que mejoren el desempeño social y ambiental; la creación y construcción de conciencia ciudadana; efectuar diálogos y asociaciones público-privadas en favor de objetivos más ambiciosos; equilibrar la regulación, los instrumentos económicos y los acuerdos voluntarios; propender constantemente a la seguridad jurídica y económica reduciendo al mínimo incertidumbres y desvíos en esfuerzos innecesarios.

Es notable y comprobable que cuando las empresas adoptan la Responsabilidad Social Empresaria, no sólo se vuelven más competitivas, sino que además aportan al mejoramiento de las condiciones sociales de las comunidades, aliviando indirectamente la labor estatal y readecuando la utilización de los recursos públicos. El desarrollo de acciones de RSE se vuelve entonces no sólo estratégico para las empresas, sino también para el aparato estatal completo y los gobiernos que los gestionan. 


Algunas conclusiones

Es de esperar que futuros accionares y posturas de la administración pública, cualquiera sea su tendencia política, coordine esfuerzos en la toma de conciencia de esta realidad y necesidad social global, y que tanto desde las empresas como de los Estados, es indispensable la responsabilidad social.
En un país como el nuestro, en desarrollo de sus actividades sociales y fortalecimiento de sus políticas institucionales, debe entenderse y comprenderse que la empresa privada es sin lugar a dudas un pilar fundamental en la economía, ya que estas organizaciones inciden en el modelo económico adoptado, y aunque cada empresa nueva permite perder el control y la posesión de bienes esenciales (servicios públicos, energéticas, tecnologías, explotación de recursos) en manos de agentes privados, son pasos necesarios para transitar y efectivizar las gestiones de los Gobiernos. Estos últimos, quienes a través de los ingresos por medio del pago de impuestos (los cuales ayudan en los ingresos de un país) no deberían entorpecer esta relación, ya que con los recursos que se obtienen de estas contribuciones se logran desarrollar actividades que impactan positivamente a la población y mejoran la infraestructura del país en modo sostenido.



Esperamos les haya agradado la temática.

El panel fue por demás provechoso, y gracias al Dr. Carnota y mis colegas, Calandrino y Fiorilli, pudimos compartir opiniones y visiones sobre algo de interés para tod@s.

¿Los dejamos pensando un poco? Era la idea.

Un abrazo cordial,
Damián R. Pizarro



Junto a Walter Carnota en la Universidad Champagnat, Mendoza 2013.


(EDITADO, 11/11/2014 - 11:10 AM)

martes, 28 de octubre de 2014

ESTAREMOS EN ECON 2014 - 20 AÑOS REFORMA CONSTITUCIONAL EN DERECHO

Estimad@s,

Buen día.

Como sabrán, como ya adelantamos, el día 30 de Octubre estaremos participando del VIII Congreso Internacional de Economía y Gestión “Econ 2014”. Para más info del evento pueden ingresar aquí.

En el mismo nos encargaremos de desarrollar el tema “El rol del Estado y empresas”.
Dentro de unos días compartiremos las ponencias sobre el tema.

A saber, la cita es la siguiente: 


Jueves 30 de Octubre, de 15 a 17 hs., en el Aula 16, Facultad de Ciencias Económicas (UBA).

“El rol del Estado y empresas” Disertantes: Walter F. Carnota (FCE UBA); Guillermo A. Calandrino (FCE UBA); Javier Fiorilli (FCE UBA) Damián R. Pizarro (FCE UBA)







Por otro lado, el mismo día una interesante actividad se dará a unas cuadras de la casa de estudios mencionada.
La Facultad de Derecho recibirá una importante jornada de homenaje a los profesores que han sido Convencionales Constituyentes de la Reforma Constitucional de 1994, en su 20° Aniversario.


Facultad de Derecho


Los esperamos en un gran día de actividades.
Un gran abrazo,

Damián R. Pizarro

miércoles, 17 de septiembre de 2014

DÍA DEL PROFESOR - NOS TOMAMOS EL DÍA...

Estimad@s colegas,

Buen día.

Nuevamente, nos encontramos por aquí y en esta oportunidad, al igual que el año pasado, para celebrar nuestro Día del/la Profesor/a.

Cada año que pasa conocemos más profesores que saludar y, más importante, que recordar y de quienes aprender. Y hasta le mandamos un "mensajito", un correo o algo. Unos minutos para acordarnos de aquél que aún haciéndonos la vida imposible un cuatrimestre, o dos, nos enseñó como nadie. O mejor, como todos.

En lo personal, un año más en la docencia, la experiencia crece día a día, el dichoso recuerdo de las primeras clases de rodillas temblorosas y la voz entrecortada... que bellos tiempo. Que bueno que siga pasando.


Comparto el link de la publicación del año pasado: http://pizarronjuridico.blogspot.com.ar/2013/09/17-de-septiembre-desde-las-astillas.html. En esa oportunidad recordábamos a José Manuel Estrada, gran profesor.
Sigamos su ejemplo, tomémonos el día para pensar y volvamos a poner al alumno dónde debe estar: en el centro de la escena.

* FELIZ DÍA A TOD@S L@S PROFESOR@S *

Con una estima invaluable, a todos mis alumn@s y colegas, de aquí y del mundo.
En este momento, todos vienen a mi mente.

Saludos cordiales,

Damián R. Pizarro

























miércoles, 10 de septiembre de 2014

INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO - PLANIFICACIÓN PARA EL CURSO VIRTUAL-V2-2014


Asignatura: INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO - FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS

Cursada: VIRTUAL-2-2014
Cátedra: CARNOTA, WALTER F.
Profesor a cargo: Abog. Damián R. Pizarro


Contenido de la Materia dictada en la modalidad virtual


Unidad Temática 1: El Estado y el Derecho Constitucional
1.1. El Estado como fenómeno político y jurídico
1.2. El derecho constitucional como derecho fundamental de organización del Estado.

Unidad Temática 2: Elaboración e interpretación de Técnicas Constitucionales2.1. Técnicas de elaboración de normas constitucionales
2.2. Técnica de interpretación. Clases y modelos. Jurisprudencia.

Unidad Temática 3: Historia del Constitucionalismo3.1. Antecedentes y orígenes del constitucionalismo moderno
3.2. Derechos de primera, segunda y tercera generación.
3.3. Etapas del constitucionalismo argentino federal y provincias.

Unidad Temática 4: Supremacía y Control Constitucional 4.1. Doctrina de la supralegalidad constitucional. Recorrido Jurisprudencial.
4.2. Relación entre la Constitución y el Derecho Internacional.
4.3. Control de Constitucionalidad. Modelos en el Derecho Comparado.
4.4. Sistema Argentino actual. Jurisprudencia.
4.5. Cuestiones políticas no justiciables.
4.6. El Derecho de la Integración: Unión Europea y Mercosur.

Unidad Temática 5: Formas políticas.5.1. Formas de Gobierno y de Estado. Las clasificaciones tradicionales. Monarquías y repúblicas. Autocracias y Democracias Constitucionales. Presidencialismo y Parlamentarismo.
5.2. Formas de Estado. Federalismo. La situación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Unidad Temática 6: Reforma Constitucional. 6.1. Procesos de reforma constitucional. Poder constituyente originario y derivado.

Unidad Temática 7: Los derechos fundamentales.7.1. Teoría General de los Derechos Fundamentales. Derechos Civiles o de autonomía personal. Derechos políticos o participación ciudadana.
7.2. Los derechos económicos.
7.3. Los derechos sociales. Los nuevos derechos.
7.4. Principios de legalidad y de razonabilidad. Restricciones.

Unidad Temática 8: El Poder Ejecutivo en la Constitución. 8.1. Composición y naturaleza. Elección.
8.2. Acefalia del Poder Ejecutivo.
8.3. El ministerio.
8.4. Competencias. Decretos ejecutivos, autónomos, de necesidad y urgencia, y delegados.
8.5. La Jefatura de Gabinete de Ministros.

Unidad Temática 9: El Poder Legislativo en la Constitución. 9.1. El órgano Congreso. Bicamarismo. Elección y competencias.
9.2. La ley. Proceso de formación.
9.3. Labor parlamentaria: Plenos, comisiones y comisiones bicamerales.
9.4. Derecho Parlamentario.
9.5. Juicio Político

Unidad temática 10: Los organismos de contralor 10.1. La Auditoria General de la Nación.
10.2. La Sindicatura General de la Nación.
10.3. La Defensoría del Pueblo.
10.4. El Ministerio Público.

Unidad temática 11: El Poder Judicial en la Constitución. 11.1. El juez.
11.2. Competencias de la justicia federal y provincial.
11.3. Corte Suprema de Justicia de la Nación.
11.4. Recurso Extraordinario Federal.
11.5. Consejo de la Magistratura.

Unidad Temática 12: Derecho Procesal Constitucional. 12.1. Las garantías.
12.2. Amparo clásico o individual. Amparo colectivo.
12.3. Habeas corpus.
12.4. Habeas data.

Unidad Temática 13: Los Derechos Humanos en la Constitución.13.1. Los derechos humanos en jurisprudencia.
13.2. Procedimientos internos.
13.3.Procedimientos ante organismos internacionales (Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Corte Interamericana de Derechos Humanos).




Junto a Walter Carnota en Universidad Champagnat, Mendoza

jueves, 21 de agosto de 2014

DERECHO DE LA INTEGRACIÓN - PORTAL ACADÉMICO Y PROGRAMA (UBA)

Estimad@s colegas,

Buen día.

Con extrema alegría, compartimos e invitamos a Uds. a que puedan ingresar al portal académico de la Cátedra del Dr. Walter F. Carnota de Derecho de la Integración (Derecho-UBA), con un click (Aquí).

Espero puedan acceder y conocer quienes componemos la cátedra y los contenidos dictados en la misma.

Puede descargarse el programa de la materia de este blog (EPJ) o del mismo portal (Click aquí).

Saludos cordiales,

Damián R. Pizarro





viernes, 18 de julio de 2014

ACOMPAÑAMOS A CARNOTA A SU CONFERENCIA EN FLACSO - FCE

Estimad@s colegas,

Buenas tardes.

Tengo el gusto de hacerles llegar una invitación para presenciar la conferencia del Dr. Walter F. Carnota, en el panel "El Derecho y los Estudios Internacionales: Nuevos Paradigmas, Temas y Relaciones", en el marco de "Global and Regional Powers in a Changing World (Poderes Globales y Regionales en un Mundo en Cambio" - FLACSO.

La conferencia se dará cita en la Facultad de Ciencias Económicas, edificio Anexo, de la Universidad de Buenos Aires (Uriburu 781, 3° piso, Sala 438).

Acompañamos al Dr. Carnota en su ponencia sobre "Judicialización de la Integración Regional", el próximo miércoles 23 de Julio a las 13.45 hs (ver programa completo).

Nos vemos.

El Pizarrón Jurídico