Estimad@s colegas,
Buenas tardes.
Mientras nos acomodamos en la silla de casa, viendo la tarde pasar, de una jornada que para muchos puede ser de protesta y satisfacción por la adhesión a la misma, de diferentes sectores y gremios; también hay una masa inconforme con la determinación de los sectores que se "cargaron" la decisión de muchos. Pero esto no sorprende: eso es una protesta, una huelga. Los afectados, los del medio, siempre son ajenos a las partes que se están peleando. ¿Pero serán realmente ajenos?
Lo cierto es que el derecho a la protesta está contemplado en la Argentina en su Constitución como forma de libertad de expresión (art. 14 y 32) y en varios tratados internacionales, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, que reconocen la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión (art. 18), la libertad de opinión y de expresión (art. 19) y la libertad de reunión y asociación pacífica (art. 20), pero pareciera que una vez más, las normas no dan una respuesta clara, y las interpretaciones varían, de un lado a otro, y pendulan, de forma tal que el pueblo quiere saber... quien tiene la razón: El que se queja, o el que se queja por el que se queja.
Pareciere muy cierto que la protesta muestra el egoísmo en su máxima expresión, de aquellos que protestan y sólo piensan en lo que les falta, y los que no piensan en lo que les falta al otro y su deseo de continuar con su vida normal. Existen más posiciones, pero como vivimos en tiempos binomiales, vamos a limitarnos: A ó Z, River o Boca, Patria o Muerte.
Si el problema sería la existencia del tipo penal que resolviere para unos y penalizare a otros: No está expresamente tipificada la protesta social en la vía pública. Existe un anteproyecto que fue abortado en el sentido más estricto de la palabra, y contenía una pena para estos casos. Si les interesa saber sobre la criminalización de la protesta social en Latinoamérica, les recomiendo el libro ¿Es legítima la criminalizaciónde la protesta social?, editado por el Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información Pública (CELE) de la Universidad de Palermo.
Por tomar un ejemplo distinto al de Argentina, donde la protesta ocupa gran parte de nuestro día a día, como actores, o bien como pasivos, pero siempre hay algo para protestar; muy a la inversa en Chile, donde su Código Penal sí establece la pena de reclusión mínima por “turbar gravemente la tranquilidad pública”, lo que aumenta la cantidad de detenidos por esta práctica, y la triplica anualmente en comparación con nuestro país.
Además, en ese país se encuentra vigente un decreto promulgado en 1983, durante la dictadura de Augusto Pinochet, que exige una autorización por escrito 48 horas antes de realizar una manifestación que establezca el lugar donde se organizará, su objeto y quiénes la organizan y participarán. Lo que dista mucho de cómo en Argentina se concibe un derecho a protestar, o mismo un derecho en si mismo.
Hace unos años, el mundo posaba sus ojos en Brasil por la organización de la Copa Mundial de Fútbol, y ante la posibilidad de no contar con orden (y progreso), el gobierno de Dilma Rousseff impulsó la redacción de un proyecto de ley, para limitar las protestas sociales en el espacio público a lo largo del país, pero ¿Por qué un sudamericano protestaría durante el espectáculo futbolístico más importante y que sucede cada 4 años? Debe estar realmente desesperado y bastante enojado.
En su informe anual para el 2014, The Economist ubicó a la Argentina entre los países con más alto riego de protestas sociales.
La criminalización de la huelga, de la protesta, de la expresión siempre acarrea un riesgo vital para la democracia, sea por "el orden" o por el fúbol, proscribe comportamientos tan propios de nuestra cultura, de nuestra vida, como el agua, protestar, reclamar, peticionar, quejarse, son derechos humanos, y por tanto irrenunciables, imprescriptibles e inalienables.
El análisis de si el formato de protesta, la forma de llevar adelante el reclamo, etc, un debate que nos merecemos, pero garantizado los derechos a reclamar y a expresarse libremente. Lo que excede a este posteo.
Aunque nos cueste y duela, defendamos nuestro DERECHO HUMANO A PROTESTAR.
Un apretón de manos...
Damián R. Pizarro