Buenas tardes.
En esta oportunidad nos dedicamos a una ACTUALIDAD DE DERECHO LABORAL. Se trata del fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en Pleno. Que a través del Fallo Plenario 329, Acta N° 2.634, en los autos VALLEJO, CARLA NATALIA LORENA c/ LA HOLANDO SUDAMERICANA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. s/ ACCIDENTE - LEY ESPECIAL, trató los BENEFICIOS DE LEYES 24.557 Y 26.773 y en definitiva resolvió si ¿es legalmente admisible el pacto de cuota litis sobre el importe de las prestaciones contempladas en ellas?
En esta oportunidad nos dedicamos a una ACTUALIDAD DE DERECHO LABORAL. Se trata del fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en Pleno. Que a través del Fallo Plenario 329, Acta N° 2.634, en los autos VALLEJO, CARLA NATALIA LORENA c/ LA HOLANDO SUDAMERICANA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. s/ ACCIDENTE - LEY ESPECIAL, trató los BENEFICIOS DE LEYES 24.557 Y 26.773 y en definitiva resolvió si ¿es legalmente admisible el pacto de cuota litis sobre el importe de las prestaciones contempladas en ellas?
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