sábado, 3 de octubre de 2015

CONGRESO DE DERECHO HOMOAFECTIVO - MEMORIAS II

Estimad@s colegas,

Buen día.

Hoy nos toca compartir con Uds., el segundo día del Congreso de Homoafectividad (3 de Septiembre) que inició por la mañana con la ponencia sobre Transexualidad a cargo de la Dra. Patricia Sanches, integrante de la Comisión de Derecho Homoafectivo de la OAB/RJ. 

Como nota de esto, tuve la oportunidad de conversar bastante con Patricia, no sólo en portugués sino también en español... Sí, lo habla muy bien! Hizo su doctorado en Ciencias Sociales en la Universidad del Museo Social, de Buenos Aires. Una tesis por demás importante que, gracias a que me la obsequió, haremos una debida reseña para publicar aquí.



Luego del coffe-break, fue el tiempo del panel sobre Tercer Género, y con ello la Dra. Fernanda Carvalho Leão Barreto y Damián R. Pizarro (quien les habla), subimos a tratar de compartir ello que habíamos preparado e investigado.

El primer caso, la colega Fernanda dio una ponencia impresionante sobre las cuestiones biológicas y "quirúrgicas" que giran en torno al tema. Esperamos tener la oportunidad de hacernos del material ya que si bien cuenta con imágenes que pudieren afectar a los que las vean, son una demostración irrefutable de los procedimientos que deben hacerse aquellos casos de intersexualidad o que decidieren cambiar su sexo, respondiendo a su deseo de género.


Luego fue el caso de nuestra ponencia, con la que tratamos de abordar la cuestión, no sólo como problemática legal o social, sino también hasta conceptual. Propusimos soluciones, o ideas, para que aquellos implicados pudieren ser menos afectados e intentar así lograr una sociedad más igualitaria y que alcance horizontes de felicidad y armonía.




 


Compartimos así, el video del segundo día de ponencias en el horario de la mañana.


El momento de inicio de nuestra ponencia: https://youtu.be/wIF8IGjGtOc?t=7342

Por la tarde, el segundo día tuvo la presencia otros colegas y especialistas en la materia, así es que contó con un panel compuesto por nuestra compañera de los cursos para el Doctorado por en la UBA, Dra. Diana Restrepo de Colombia, y los Dres. Gabriela Tuch y Pedro Paradiso. El mismo coordinado por nuestro amigo Dr. Henrique Rabello de Carvalho.


Esperamos haya sido de vuestro interés, quedamos a disposición por consultas o comentarios que quieran hacernos.

El saludo cordial de siempre,

Damián R. Pizarro

viernes, 2 de octubre de 2015

CONGRESO DE DERECHO HOMOAFECTIVO - MEMORIAS I

Estimad@s,

Buen día.

Ha pasado el tiempo, y queremos compartir con Uds., algunas imágenes del gran congreso al que fuimos invitados: I CONGRESSO INTERNACIONAL e V CONGRESSO NACIONAL DE DIREITO HOMOAFETIVO, organizado por la OAB de Rio de Janeiro.




Por la tarde del primer día de actividades (2 de Septiembre) se llevó a cabo el panel de apertura que contó con la participación de personas de renombre, y la bienvenida dada por el vice-presidente de la OAB/RJ Dr. Ronaldo Cramer.




Entre otr@s, fue la Dra. Raquel Castro, la presidente de la Comisión de Derecho Homoafectivo de la OAB/RJ quien dio las palabras iniciales y nos recibió en nombre de la entidad que nos convocó.




Desde la primera fila pude presenciar la exposición de la Dra. María Berenice Días, quien tuvo a su cargo la "palestra magna" de apertura para este gran evento.



Acompaño el video correspondiente a este inicio de Congreso por demás promisorio y de interés para la comunidad académica toda, y la sociedad que acompaña estos cambios normativos necesarios para la vida, realización y desarrollo de tod@s.


Esperamos disfruten este gran día...
Ya continuaremos con las MEMORIAS II.

Saludos,
DRP

miércoles, 30 de septiembre de 2015

"EL DERECHO NATURAL" - COMPARTIMOS DOCTRINA WEB

Estimad@s colegas,

Buen día.

Tuvimos la oportunidad de conocer una opinión doctrinaria sobre Derecho Natural que pudiere ser de vuestro interés. La misma publicada por Gabriel Boragina (©) bajo el nombre El Derecho natural (pueden hacer click para acceder al texto original.


Luego de realizar una aguda y contundente critica al utilitarismo, explica el Profesor Dr. Alberto Benegas Lynch (h):
"La perspectiva del derecho natural es sustancialmente distinta. Natural en este contexto no alude a la condición primitiva del hombre ni a leyes físicas sino a las propiedades de la especie. Alude al orden natural circunscripto al ser humano. Las plantas, las piedras y los perros tienen propiedades que le son características. El hombre también posee propiedades exclusivas que lo distinguen. El derecho natural se refiere a las facultades de hacer o no hacer por parte del hombre sin obstaculizar iguales facultades de terceros. Si cada ser humano es único desde el punto de vista anatómico, fisiológico, bioquímico y, sobre todo, psicológico, para que pueda actualizar sus potencialidades hay que dejarlo que siga su camino. El hombre al actuar pretende pasar de una situación menos satisfactoria a una que le proporcione mayor satisfacción, lo cual implica hacer uso del análisis subjetivo basado en el libre albedrío y la consiguiente responsabilidad individual. Para que esto sea posible es menester respetar en primer término su vida y consecuentemente todo lo que adquiere de modo lícito. De esta manera se sustentan los derechos que, como queda dicho, son naturales porque no son consecuencia del invento ni del diseño del hombre sino que le preceden y emanan del antes mencionado orden natural."[1]
A las criticas absurdas y pueriles que intentan decir que el derecho natural seria un derecho que "prescinde" de la sociedad o que sería antisocial no puede menos que contestársele de esta manera tan clara como la que resulta de la cita precedente. Va de suyo que, el derecho es una ciencia social, y la doctrina del derecho natural en modo alguno viene a desmentir que el derecho es por esencia social. Lo que sucede en realidad es que la doctrina del derecho natural violenta a los espíritus totalitarios y a esos tantos que pululan por todas partes que anhelan o quisieran imponer sus propios criterios, decisiones y -sobre todo- valores a la sociedad, y para hacerlo se escudan en el aparentemente inocente rótulo de "defensores de los derechos sociales, o de la sociedad". En realidad, lo que no confiesan es que bajo esa máscara, lo que verdaderamente sueñan es con someter a la sociedad a sus propios caprichos. Por eso, es absolutamente cierto que los derechos naturales están ínsitos en el hombre, es decir, en su propia naturaleza humana, y afirmar esto no implica negar ni desechar a la sociedad como acusan esos espíritus totalitarios, sino que -por el contrario- la palabra "hombre" en este contexto no alude jamás al hombre aislado. Ni tampoco esta indicando que existan hombres que tengan "derechos" por encima de los demás. El vocablo "hombre" apunta a todo el género humano por igual. Incluye a hombres y mujeres, y no solamente a específicas personas. Por supuesto, una mentalidad socialista o socialistoide no puede comprender nada de esto.
"El derecho natural o iusnaturalismo se opone al positivismo legal que sostiene que no hay norma alguna extramuros de la ley positiva, lo cual descalifica la posibilidad de que hubiera tal cosa como una ley injusta, con lo que el poder legislativo pretende justificar cualquier atropello a los derechos de las personas que son anteriores y superiores a la existencia misma del legislativo."[2]
Hoy en día, nuestro mundo vive inmerso en el océano del positivismo legal donde "es ley" lo que una mayoría circunstancial desea que sea "ley" y donde esa mal llamada "ley" se traduce, en la generalidad de los casos, en violaciones al derecho de otras personas, y en que esa mal denominada "ley" responde ordinariamente al capricho de accidentales mayorías, que van mutando de gobierno en gobierno. Con lo cual, según quién gobierne, se dictan normas contra grupos opositores, y cuando estos finalmente llegan al poder, promulgan contranormas para vengarse de los que les precedieron en el mando. A esto, es a lo que debemos el caos jurídico en que el mundo hoy se encuentra sumergido.
"Estirando el concepto de utilitarismo puede decirse que resulta útil respetar el derecho natural, lo cual constituye una visión un tanto retorcida del utilitarismo que, así, de facto, se convierte en partidario del derecho natural."[3]
En realidad, los partidarios del positivismo legal que hoy dominan el universo jurídico por doquier, invierten la fórmula, y pretenden convencernos que el "único derecho posible y existente" es el derecho legal (positivo), queriendo borrar del mapa el derecho natural que es el verdadero derecho, y que no es un derecho "antisocial", ni tampoco representa el "derecho" de un hombre aislado, y menos aun contrario al orden social. El orden social es resultado del derecho natural y no a la inversa.
"El primer registro escrito del orden natural se encuentra quinientos años antes de nuestra era, en una obra de Sófocles, cuando Antígona discute la decisión del gobernante de dejar a uno de sus hermanos insepulto. Tal vez resulte oportuno transcribir una breve cita de Cicerón que nos ilustra acerca de adónde apunta el proceso evolutivo del descubrimiento del derecho, aunque la idea antigua de "ley natural" difiere del "derecho natural" a partir de Locke quien, a su vez, fue influido en esta materia por Grotius, Pufendorf y Hooker. La cita nos dice que: "No es posible debilitar la ley natural con otras leyes ni derogar ningún precepto suyo, ni menos aún abrogarla por completo; ni el Senado ni el pueblo pueden libertarnos de su imperio; no necesita intérprete que la explique; no habrá una en Roma, otra en Atenas, una hoy y otra pasado un siglo, sino que una misma ley, eterna e inalterable rige a la vez todos los pueblos en todos los tiempos." Por su parte, Montesquieu escribió en 1748 las primeras líneas Del espíritu de las leyes de este modo: "Las leyes, en su significación más extensa, no son más que relaciones naturales derivadas de la naturaleza de las cosas" y unos renglones más adelante afirmaba que "Decir que no hay nada justo ni injusto fuera de lo que ordenan o prohíben las leyes positivas, es tanto como decir que los radios de un círculo no eran iguales antes de trazarse la circunferencia"[4]
[1] El juicio crítico como progreso. Editorial Sudamericana. Pág. 663 664
[2] A. Benegas Lynch (h). El juicio... ob. Cit. Pág. 663-4
[3] A. Benegas Lynch (h). El juicio... ob. Cit. Pág. 663-4.
[4] A. Benegas Lynch (h). El juicio... ob. Cit. Pág. 665


Un interesante planteo... dejamos la idea.

Enviamos un abrazo,
Damián R. Pizarro

Con mi amigo principialista...

lunes, 28 de septiembre de 2015

DERECHOS DE PERSONAS CON NECESIDADES ESPECIALES - PUBLICAMOS EN ELDIAL.COM

Estimad@s colegas,

Buen día.

Compartimos con Uds., con gran alegría, el resumen y el link para que puedan acceder a la nota de doctrina publicada en elDial.com.

Dicho comentario doctrinario realizado en coautoría con nuestro colega Dr. Camilo Stangherlim Ferraresi fue publicado el 21 de Septiembre.

Acompañamos el resumen y los invitamos a acceder al trabajo completo aquí. La edición en portugués podrán encontrarla también publicada ingresando aquí.



Protección internacional de los derechos de la persona con necesidades especiales. Análisis del tratamiento constitucional en Brasil y Argentina con la finalidad de asegurar la calidad de vida y la autodeterminación al individuo

Por Camilo Stangherlim Ferraresi y Damián Rodrigo Pizarro
"No debemos olvidar que con el reconocimiento de la protección internacional de los derechos de las personas con necesidades especiales, resulta el deber del Estado de garantizar la eliminación de todas forma de barrera para asegurar la efectivización máxima de los derechos humanos fundamentales.”
“Por lo tanto, el ejercicio de las actividades de esparcimiento ofrece a las personas con necesidades especiales beneficios de todo tipo, que van desde la mejora de su calidad de vida, a través de la interacción entre iguales, hasta la eliminación de barreras y obstáculos sociales para la realización efectiva de la inclusión dentro de una sociedad igualitaria y justa, lo que permite el acceso cada vez más completo a todas las oportunidades y los derechos conquistados por la evolución de la humanidad."
  


Esperamos sea de vuestro agrado.
Un gran abrazo,
Damián R. Pizarro 

domingo, 27 de septiembre de 2015

IDP A DISTANCIA - CLASE DE BIENVENIDA, PROGRAMA Y FECHAS

Estimad@s alumn@s,


Buen día.



Hace unas semanas nada más, dábamos inicio a la cursada de INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO - MODALIDAD VIRTUAL (A DISTANCIA). Es nuestra intención que por los medios dispuestos por la Facultad de Ciencias Económicas aproximarlos a la enseñanza del Derecho Público y sus instituciones.


En el medio virtual o CAMPUS encontrarán el programa de la materia, como también en este blog (a los cuales donde podrán acceder todo el tiempo vía web): http://pizarronjuridico.blogspot.com.ar/2014/12/programa-orientativo-instituciones-de.html.

Además de la utilización de bibliografía recomendada, podrán trabajar con los textos subidos a la web de acceso libro que estan alojados en nuestro Dropbox, que pueden serles de utilidad: https://www.dropbox.com/sh/74fy6lgpfrr3894/AAAFuOhBnW1Rox3Fd80XO_fHa?dl=0.

Corresponde así, recordarles que nuestro próximo encuentro será en unos días, Martes 29 de Septiembre (AULA 468), y acompañarles también las fechas importantes que pudieron observar del cronograma que nos da el campus:

- 1° PARCIAL: 13/10/2015

- RECUPERATORIO 1° PARCIAL: 20/10/2015
- 2° PARCIAL: 10/11/2015
- RECUPERATORIO 2° PARCIAL: 24/11/2015
- FINAL - ENTREGA DE NOTAS: 2/12/2015


Aprovecho la ocasión para saludarlos por el Día del Estudiante: http://pizarronjuridico.blogspot.com.ar/2015/09/fce-asueto-administrativo-primaveral.html, y agradecemos con profunda estima a los que nos escribieron por el día del profesor: http://pizarronjuridico.blogspot.com.ar/2015/09/dia-del-profesor-espiritu-y-amor-por-la.html.


Un abrazo cordial,

Damián R. Pizarro